Ciencia Nueva. Revista de Historia y Política | e-ISSN 2539 - 2662

Vol. 4 Núm. 2 | Julio - Diciembre de 2020 - Pereira, Colombia





CIENCIAS POLÍTICAS

DOI: https://doi.org/10.22517/25392662.23171 - pp 71-96



DE PRÍNCIPES, DUQUES Y CONDES… LA REELECCIÓN INDEFINIDA EN EL DISEÑO INSTITUCIONAL A NIVEL MUNICIPAL EN LAS PROVINCIAS DE CHACO Y FORMOSA ENTRE 1983 Y 2011*


OF PRINCES, DUKES AND EARLS… INDEFINITE REELECTION IN THE INSTITUTIONAL DESIGN AT THE MUNICIPAL LEVEL IN THE PROVINCES OF CHACO AND FORMOSA BETWEEN 1983 AND 2011




Recibido: 20 de diciembre de 2019.

Revisado: 25 de febrero de 2020.

Aceptado: 09 de diciembre de 2020.

Publicado: 31 de diciembre de 2020.


Resumen

En Argentina desde el retorno de la democracia, a pesar de las reformas políticas provinciales, en el nivel municipal, la característica fundamental es la posibilidad de reelección de los intendentes. Este artículo tiene como objetivo analizar el impacto de la posibilidad de reelección indefinida de los intendentes en los municipios de primera categoría en las provincias de Chaco y Formosa, sobre los regímenes de políticos locales entre 1983 y 2011. En los casos analizados las constituciones provinciales y los regímenes municipales posibilitan la reelección indefinida del intendente; sin embargo, la misma regla tiene efectos diferentes sobre los regímenes locales.


Palabras clave: Ejecutivos, sistemas electorales, perpetuación, gobiernos locales, provincias, Argentina.


Abstract

In Argentina, since the return of democracy, despite provincial political reforms, at the municipal level, the fundamental characteristic is the possibility of re-election of the mayors. The paper aims to analyze the impact of the possibility of indefinite re-election of mayors in first-class municipalities in the provinces of Chaco and Formosa, upon the politics local regimes between 1983 and 2015. In the cases analyzed, the provincial constitutions and municipal regimes allow the indefinite re-election of the mayor; however, the same rule has different effects on local regimes.


Keywords: executives, electoral systems, perpetuation, local governments, provinces, Argentina.


Introducción


En las provincias argentinas, desde 1983, se han vivido procesos de reforma política. Uno de los puntos clave en las reformas tenía que ver con la incorporación de la posibilidad de reelección de los cargos ejecutivos provinciales y municipales. En este contexto, la investigación avanza en la exploración de manera comparada de los procesos de elección y de reelección en municipios de primera categoría en las provincias del Chaco y de Formosa.

A partir de lo señalado, resulta indispensable señalar que en el plano teórico la batería de trabajos existentes remite a la conceptualización y clasificación de la reelección1. Es necesario aclarar que, si bien se ocupan mayormente de la reelección presidencial, las conceptualizaciones son trasladables al nivel subnacional. Es importante aclarar que, en la estructura de gobierno federal adoptada por Argentina, el nivel nacional se divide en tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial, y los niveles subnacionales replican la división de poderes del Estado adoptados por el gobierno nacional que se distribuyen funcionalmente de acuerdo con los principios republicanos2. En cada nivel de gobierno las autoridades son electas, y en el marco del poder ejecutivo aquí analizado, los mandatos duran cuatro años. Además de lo expresado, los niveles subnacionales tienen autonomía, esto es, las provincias, sus propias constituciones y en el nivel municipal, los municipios de primera categoría3, sus propias cartas orgánicas. En función de estos argumentos, es posible trasladar las explicaciones teóricas del nivel nacional al subnacional, entendiendo que el trabajo propone analizar los efectos de las reglas de juego político sobre los comportamientos de los líderes locales.

A partir de los aportes señalados, la investigación de Antonio Cardarello4, desde la perspectiva comparada, aplica los fundamentos teóricos de reelección, pensados para el nivel presidencial, al análisis la reelección de los ejecutivos subnacionales en Argentina. De esta manera, la reelección es la renovación por un nuevo periodo legal de tiempo frente a un cargo electivo. Las clasificaciones consideran dos parámetros: 1) la inmediatez o no de la posibilidad de ser reelecto; y 2) las limitaciones o no de las posibilidades, que van desde la prohibición total a la reelección indefinida. Los criterios que sostienen a dichas clasificaciones están relacionados con las características de los sistemas electores, que son el componente de los sistemas políticos que permiten o no reelecciones. La permisividad de las diferentes modalidades de reelección tiene que ver con los diferentes contextos sociales, históricos y políticos que rodean a los sistemas electorales5. Estas situaciones darán lugar a diferentes configuraciones de los sistemas políticos en distintas épocas y territorios.

Además de lo señalado, la reelección tiene impactos sobre el sistema político, y una de las variables sobre las que impacta es el sistema de partidos. En este marco, el presente trabajo, a partir de las clasificaciones teóricas de sistemas de partidos, considera la propuesta de Duverger6 y la reformulación de esta por parte de Sartori. Ambos utilizan un criterio numérico; sin embargo, dado la pertinencia de las reformulaciones de Sartori7, utilizaremos la clasificación propuesta por este último, quien remite a sistemas competitivos y no competitivos. Cada uno de estos sistemas posee subclasificaciones que conviene mencionar. Los sistemas competitivos se subdividen en sistemas de partido dominante, bipartidismos, pluralismo moderado, pluralismo polarizado y sistema de atomización. Los sistemas no competitivos comprenden a los sistemas de partido único y los sistemas de partido hegemónico.

Desde el punto de vista histórico, en el periodo analizado, tanto en el nivel político nacional como el subnacional se dieron cambios económicos que afectaron la administración pública, como políticos que afectaron mayormente a los sistemas electorales. En el eje económico, los cambios giraron en torno a la administración de fondos fiscales, y que el reparto a las provincias dependiera casi con exclusividad de la Nación; ya sea por la incidencia del presupuesto votado en el Congreso, los acuerdos Nación-provincias, la coparticipación, o la excepcionalidad de las reparaciones históricas para determinadas regiones. Las distintas alternativas eran los porcentajes coparticipables, las regalías, subsidios, concesiones viales, fondos no reintegrables contra rendición de cuentas, sustento financiero y crediticio y otras variantes. Silvia Robín8, al respecto expresa:

[…] el mecanismo tiene como característica fundamental que el elector vota al mismo tiempo por un lema (partido político) y una corriente interna llamada sub lema, donde cada lema posee varios sub lemas que le tributan. Alberto Petracca, menciona las principales características del sistema y resalta cuatro: 1) variedad de candidatos por lema, 2) doble voto simultaneo, 3) doble recuento de votos, y 4) el sub lema que mayor cantidad de sufragios obtiene suma todos los votos emitidos a favor de su mismo lema. A las características mencionadas, Silvia Robín, le agrega una quinta; que refiere a que es una lista cerrada o bloqueada ya que el elector no puede modificar, agregar, ni quitar candidatos a la lista9.

En el eje político, los cambios en las jurisdicciones analizadas afectaron los sistemas electorales. De estos, se pueden considerar dos dimensiones sobresalientes a los fines de este trabajo. Como se verá más adelante en cada caso, por un lado, se incorporó el doble voto simultáneo para las elecciones subnacionales, con diferente éxito y duración para cada nivel de gobierno en los territorios analizados. Por otro lado, en relación con los mandatos, como también se verá más adelante, son modificados en algunos casos, homogeneizando la duración de estos en 4 años, y además se discute y se incorporan distintas modalidades de reelección para cada nivel.

En los niveles provinciales y municipales, se visualiza el predominio del Ejecutivo sobre los restantes órganos del reparto funcional del poder. Se pueden señalar que la administración de fondos, la utilización de recursos de todo tipo que incrementen su poder en la toma de decisiones, la implementación y ejecución de políticas públicas, casi sin responsabilidades en la accountability horizontal y vertical y la dirección de políticas clientelares, recae en manos del poder ejecutivo. Con esto, la percepción del electorado entiende que el gobierno es atributo de aquellos que están al frente del poder ejecutivo, en torno a la eficacia y la rapidez de respuesta, frente a los cuerpos legislativos y colegiados, extremadamente deliberativos y de lenta actuación y el arrastre del voto a todos los niveles cuando coinciden las elecciones ejecutiva y legislativa.

De esta manera, con los liderazgos personalistas se identifica autoridad con fortaleza. La existencia de mandatos con plazos rígidos permite que, ante la pérdida de popularidad del Ejecutivo, su remoción se torne institucionalmente impracticable. El poder carismático planteado por Max Weber10, recae esencialmente en los Ejecutivos, y no en las presidencias de los órganos legislativos y deliberativos. El manejo discrecional de los recursos goza de mayor adhesión en los ejecutivos. Por esta razón, si bien es complejo comprobar la utilización de recursos estatales para lograr perpetuarse en el cargo, la reelección indefinida cuenta con mayor consenso en los municipios que a nivel provincial, y la agenda de los cuerpos legislativos depende de las instrucciones de los Ejecutivos mayoritariamente.

El descontento con la performance de la economía se identifica más con el despliegue del ejecutivo y no con los funcionarios hacedores y administradores y administradores de la hacienda pública. En este escenario, no se observa una cultura política que bregue por el control del uso de los recursos públicos, y el surgimiento de las democracias delegativas facilita el clientelismo, el prebendismo y la corrupción, acorde al pensamiento de O`Donell11. El liderazgo aceptado popularmente en los Ejecutivos funciona como un atributo que está por encima de los intereses particulares, a la vez que se les reconoce como árbitros cuando entran en puja cuestiones corporativas. En opinión de Zaleznik y Jardim:

La estructura constituye necesariamente una variable que depende de la legitimación de los sistemas de autoridad que en ella rigen. La legitimación de la autoridad que emana de la jerarquía tiende a crear una estructura piramidal, mientras que si se opta por un sistema de autoridad profesional ello “aplana” la organización y redistribuye la autoridad jerárquica. Los problemas que surgen son esencialmente los de asegurar que el sistema de autoridad implícito en la estructura se adecua al logro de los objetivos de la organización12.

El estudio de los Ejecutivos, a su vez, muestra una contradicción constante. En el imaginario popular fue in crescendo la creencia de los mandatarios a título personal; en contrapartida, casi no hay estudios profundizados sobre la organización estructural y el funcionamiento del gobierno en su conjunto. En los trabajos sobre presidencia, Moe13 destaca que, sin desconocer la importancia de las variables personales, existe una debilidad en los estudios institucionales.

Esta doble vía también permite pensar que los liderazgos personalistas se encuentran por encima de los partidos políticos, y la pérdida de confianza en el líder arrastra en concomitancia a las agrupaciones partidarias. No es casualidad que los partidos creados en base a quienes despiertan mayores expectativas en conducir el gobierno siempre están por encima del voto partidario, analizando los estudios de opinión pública. En suma, la demanda social radica en que el Ejecutivo debe resolver los problemas del electorado, incluso aquellos ajenos a su competencia.

Las matrices que hemos descripto someramente en los párrafos precedentes demuestran que, en términos weberianos, frente al crecimiento de la burocracia y un «Estado elefantiásico», los liderazgos carismáticos, mediante las elecciones rompen con las estructuras mencionadas. Al respecto, Weber entiende que:

En todo nombramiento de funcionarios mediante elección, tanto si es una designación de funcionarios elegidos de un modo formalmente libre por los jefes del partido mediante confección de una lista de candidatos, como si se trata de un nombramiento libre por el jefe elegido. Los partidos no suelen tomar como referencia las aptitudes profesionales, sino los servicios prestados a los adalides del partido [...] La elección popular no solo del jefe de gobierno, sino también de los funcionarios a él subordinados – por lo menos en las organizaciones administrativas extensas y difícilmente abarcables a simple vista-, suele poner en grave peligro tanto la dependencia jerárquica como las aptitudes especiales de los empleados y el funcionamiento preciso del mecanismo burocrático14.

En función de lo expuesto hasta aquí, el objetivo de este trabajo es analizar la posibilidad de reelección indefinida y la estructura de votación utilizada para la elección de los intendentes de los municipios de primera categoría en las provincias de Chaco y Formosa, sobre los sistemas de políticos locales entre 1983 y 2011.


Notas teóricas: federalismo, municipios y políticas locales

La Argentina establece constitucionalmente un sistema político, representativo, republicano y federal. Si bien la expresión «federal» podría malinterpretarse como una forma de Estado y no de gobierno, en realidad la primacía surge de la definición de lo «republicano», en contrapartida a los sistemas monárquicos que en su época de esplendor combinaban el poder absoluto con la dominación unitaria15. Esta tradición emergente del modernismo político fue contrastada con la Independencia de los Estados Unidos de América, donde se creó un sistema confederal originalmente16, dando valor a las colonias británicas que se transformaron en Estados de América del Norte, y mutando por aprobación de las subunidades nacionales una República federal, dando nacimiento al federalismo y el presidencialismo con la consagración de la fórmula check and balances17, y una división de poderes con integración independiente en cada uno de ellos, pasando de la monarquía hereditaria a una presidencia donde el primer mandatario era electo por voluntad popular y no por linaje, casa reinante o dinastía.

Una interpretación clave de la letra de la Constitución estadounidense la brindó la Suprema Corte de Justicia, aseverando que la Constitución no es lo que dice la Constitución18, sino lo que la Suprema Corte dice que es lo constitucional. De manera temprana, a diferencia de nuestro país, los Estados miembros son soberanos, mientras que el criterio mayoritario en la Argentina ha sido que las provincias son autónomas y en la nación recae con exclusividad la soberanía19.

Por otra parte, el articulado constitucional establece que cada provincia debe dictar una constitución bajo el sistema representativo republicano que asegure su régimen municipal20. El gobierno federal garantiza a cada Provincia el goce y ejercicio de sus instituciones. De ello se desprenden varios principios como el de la autonomía provincial y la no injerencia del gobierno federal, imponer contribuciones y percibirlas, derecho que se ejerce con amplitud e independencia necesarias, fijar la planta de personal y su remoción, su régimen financiero propio, y si bien las leyes provinciales pueden imperativamente delimitar los municipios, no pueden privarlos de las atribuciones mínimas necesarias para desempeñar su cometido. Reafirmando estas disposiciones:

Toda asunción por parte de la autoridad provincial de atribuciones que han sido asignadas exclusivamente a los titulares de los departamentos ejecutivos –como es convocar a elecciones dentro de ese ámbito-, afecta seriamente la autonomía municipal al introducir en ella de manera incompatible con el diseño institucional. Tal intromisión, de ser aceptada, lesionaría la personalidad y las atribuciones del municipio, pues las autoridades constituidas deben respetar el grado de autonomía asignado a los diferentes niveles de gobierno por el constituyente provincial,... por aplicación del principio de soberanía popular, las cuestiones relativas a la autonomía municipal y a su efectiva vigencia en la Estructura del Estado Federal deben ser garantizadas, rechazando actos y procedimientos que traduzcan el quebranto de las instituciones locales21.

En marco, el municipio como unidad administrativa en la República Argentina es estudiado desde el derecho y las ciencias sociales. En este trabajo, avanzaremos en la interpretación del gobierno municipal, poniendo énfasis en el análisis de los procesos electorales en torno al poder ejecutivo municipal. Este análisis permitirá comprobar si efectivamente los gobernantes son el resultado de la voluntad popular, o bien el diseño institucional permite que ciertos grupos o linajes se inserten y se enquisten en el poder, siendo en última instancia legitimados por las elecciones libres.

En relación con la definición teórica de los municipios, Abalos22 señala que existen diferentes corrientes que definen a los municipios y se remite a una gama de autores que conceptualizan al municipio, dentro los cuales interesa recuperar la propuesta de Posada23. Este último autor explicita al municipio teniendo en cuenta sus dimensiones sociológicas, jurídicas y políticas. A partir de estas dimensiones, y a los fines del trabajo, se entenderá al municipio como:

Un organismo con un sistema de funciones para los servicios, que se concretan y especifican más o menos intensa y distintamente, en una estructura: gobierno y administración municipales propios, desarrollados en un régimen jurídico y político más amplio: regional o nacional24

Retomando los aportes de Abalos25, la reforma de la Constitución Nacional en 1994 ratificó la noción de autonomía municipal, presente en el artículo 123. No obstante, la autora señala que, dentro de la estructura federal de la Argentina, el municipio se integra a un trípode con el gobierno nacional y el provincial. Avanzando con la autonomía municipal en las constituciones, la autora explica que existen tres grupos que consideran la cuestión de manera diferenciada: provincias en las que la autonomía municipal es semiplena, provincias en las que la autonomía municipal es restringida y finalmente provincias en las que la autonomía de los municipios es plena.

El tratamiento que damos aquí a los municipios permite observar que tienen características disímiles con el de los ejecutivos provinciales, pero desde el mismo inicio del Derecho Constitucional ordenado en un cuerpo orgánico, la división de poderes consagrada originalmente se replica en los gobiernos locales. Lo hasta aquí señalado, invita a pensar en los resultados prácticos de la conjunción de la centralidad del poder ejecutivo con el nivel de gobierno local, refiriéndonos a las prácticas políticas locales. Esto permite no solo discutir si efectivamente se replican las reglas de juego político de un nivel de gobierno a otro, y ver el comportamiento de los actores locales, considerando de otras cosas, su permanencia en cargos locales o pasajes de un nivel de gobierno a otro.

En este punto, Martha Díaz de Landa26 da cuenta del surgimiento de una nueva cultura política vinculada a lo local, también conocida como nuevo populismo fiscal, en relación con los cambios que se han producido por la desarticulación del Estado centralista y benefactor. Esta nueva cultura política se define combinando las actitudes y valoraciones sobre dimensiones económicas y fiscales con orientaciones sobre aspectos sociales y hacia menos formas de interacción entre ciudadano y Estado. A partir de lo descripto en el párrafo anterior, se reconocen tres tipos de cultura política a nivel del liderazgo social. En este sentido, cerrando este debate Martha Díaz de Landa27 considera que la noción de cultura política conforma un sistema de creencias de los individuos respecto de las reglas de juego, que deben orientar y expresar el quehacer estatal y la relación de los individuos con este. Dichas reglas se agrupan en tres dimensiones analíticamente diferenciables en el marco de legitimación de los actos del Estado.

No obstante, otras propuestas ven a la cultura política como parte de un entramado con una complejidad mayor. En este punto, Krotz28, desde una perspectiva antropológica, considera siguiendo argumentos como el de Geers29, que analizar la cultura política debe tener en cuenta cuatro elementos centrales, a saber: 1) la política y su significado; 2) los candidatos y las redes electorales; 3) las normas, el consenso y la legitimidad, y 4) las situaciones y las evoluciones. A partir de ello, la mirada de Krotz es útil siguiendo sus propias conclusiones para analizar a la cultura política en clave multidisciplinar y considerar la multiplicidad de variables que la componen y el contexto en el que se desarrolla.

Sintetizando los enunciados teóricos, puede señalarse que, a pesar de las bases legales y constitucionales cimentadas en principios republicanos de la división de poderes, en los niveles de gobierno municipal, las reglas de juego político insertas en una cultura política en la que prima el poder ejecutivo dan cuenta de las prácticas políticas que permiten visualizar una plena autonomía de los municipios.


Estado del arte de estudios sobre reelección de intendentes en Argentina

La producción en el campo de la ciencia política respecto de los fenómenos que se desarrollan en las provincias argentinas analiza diversos aspectos del orden de gobierno subnacional. En las cuestiones más llamativas, se explican las diferencias entre provincias centrales y periféricas30, la estructura de oportunidades y las carreras políticas de las elites locales31 y los modos de ejercicio del poder de tipo autoritario y patrimonial como consecuencia de las reelecciones32. No obstante, es necesario interrogarse si con el paso del tiempo los intendentes son capaces de sostener patrimonialmente el poder político local mediante el éxito electoral constante y continuo. Si bien pudiera pensarse que en las provincias periféricas la competitividad electoral es baja, nada asegura un éxito electoral personal o partidario sostenido en el tiempo.

Respecto de las reelecciones específicamente de intendentes en las provincias argentinas los trabajos que existen muestran diferentes aspectos para tener en cuenta. Las investigaciones existentes permiten un análisis comparativo entre municipios de distintas jurisdicciones como Buenos Aires, Salta, Córdoba, Chaco y Formosa, con los que parecen existir algunas similitudes que conviene explicitar.

Fernanda Maidana33 analiza el sistema político de la provincia de Salta y realiza consideraciones sobre la lógica de los ascensos al interior del Partido Justicialista. La autora explica los modos de justificar los ascensos y descensos de los candidatos del justicialismo salteño en clave antropológica, señala que la obediencia y la lealtad al partido constituyen las variables que intervienen en la movilidad de los actores en el seno del partido. Concluye expresando que la obediencia y la lealtad actúan como premios que permiten el ascenso de los intendentes a diputados o bien la reelección en el cargo; en tanto que la deslealtad y la desobediencia constituyen elementos que actúan en favor de la destitución o en impedimento de la reelección. Respecto a este planteo, es interesante preguntarse si en las provincias aquí analizadas las lógicas dentro del Partido Justicialista son las mismas, o bien esto es propio de un partido en particular, o es un fenómeno que ocurre en otras fuerzas políticas.

María Matilde Ollier34 analiza el peronismo de la provincia de Buenos Aires y lo considera como un caso que desarrolla en un contexto de baja institucionalización. Dado que, bajo el federalismo, la Argentina conlleva un rasgo unitario de gobierno, que se origina en presidentes con gran poder institucional y financiero en relación con los gobernadores, y repercute en la misma concentración de poder de los gobernadores sobre los intendentes. Por los fines de este trabajo es interesante discutir si en los contextos analizados la concentración del poder está o no en manos de los gobernadores. Sobre este fenómeno la autora señala que en Buenos Aires la centralidad del ejecutivo municipal, a pesar de la baja institucionalización, es favorecida por las propias reglas de juego político. Esta concentración de decisiones en el intendente promueve una dinámica política en torno al mismo, donde cualquier documento requiere su firma; a esto se suma otra regla que incrementa su poder, la reelección indefinida. Los intendentes peronistas utilizan su poder para alinearse con un liderazgo incuestionable o para tomar parte de la disputa entre jefes de la jurisdicción superior. En esta lógica, el poder de estos ejecutivos municipales encuentra su final cuando triunfa un partido adversario, fenómenos poco frecuentes; o bien cuando la elite partidaria provincial o nacional decide enfrentarlo apoyando un rival local. A estos factores propuestos por la autora, podría agregarse que, en ocasiones, los efectos de la coordinación electorales entre los niveles políticos que ofrece la estructura federal también podrían influir en una derrota electoral de un intendente consolidado.

Mariela Szwarcberg Daby35 da cuenta de cómo en los municipios del conurbano de la Provincia de Buenos Aires, a pesar de la consolidación de la democracia, los intendentes apelan al clientelismo como estrategia electoral para perpetuarse en el poder. La autora argumenta que el clientelismo es una problemática vigente que se hace patente en el reparto de planes sociales, el intercambio de bienes particulares y el reparto de empleo público; fenómenos utilizados como estrategias para cooptar votos. En relación con este planteo, dado que la metodología utilizada en esta investigación no permite avanzar sobre el clientelismo plenamente, sin embargo, es interesante avanzar en el hallazgo de otras estrategias electorales, asociadas a la permanencia en el poder.

Por su parte, Antonella Bandeira36 analiza las ventajas que tienen los intendentes en ejercicio para ser reelectos por estar ocupando el cargo y a su vez ser los candidatos oficialistas. A partir de un análisis exhaustivo sobre la provincia de Buenos Aires, concluye afirmando que la ventaja se incrementa; los intendentes al presentarse a una nueva elección tienen más posibilidades de ganar por estar en el cargo y esta situación se potencia con el correr del tiempo. Lo discutible en relación con esta propuesta es si la ventaja de los intendentes en las provincias analizadas está relacionada o la persona o al partido, contrastando la ventaja del incumbent con la ventaja oficialista. Teniendo en cuenta que puede darse el fenómeno de territorialización del poder o de los votos, es válido pensar que la ventaja oficialista y la ventaja del incumbent son fenómenos y procesos diferentes.

María Belén Abdala37, estudiando la reelección de intendentes chaqueños, expresa que la etiqueta partidaria de los oficialismos impacta sobre los candidatos a la hora de ir por la reelección. La autora toma como evidencias al partido político, que actúa como una fuente de reducción de la competencia electoral y que afecta profundamente los resultados electorales, facilitando de esta manera la reelección de los intendentes. En esta lógica, escindir el beneficio electoral permite constatar, para el caso de los municipios de Chaco, la importancia de la etiqueta partidaria del intendente a la hora de ir por la reelección. De este modo, la autora concluye expresando que el partido político juega un papel fundamental, otorgando un beneficio electoral sistemático.

Mariela Szwarcberg Daby38, en un estudio más profundo sobre la importancia de los intendentes del conurbano bonaerense, argumenta que electoralmente para el sistema político nacional estos son más importantes que algunos gobernadores a la hora de elegir presidente. La autora explica que existe una relación electoral entre presidente e intendentes e intendentes y gobernadores, y que el mayor peso electoral de los intendentes se sitúa en relación con el presidente. Respecto de la reelección, expresa que se ve favorecida por la recepción de recursos provinciales y nacionales que son utilizados en prácticas clientelares. Concluye reafirmando que pierden las elecciones cuando dejan de apelar al clientelismo o cuando llevan demasiado tiempo en el poder.

Santiago Leiras39 también analiza la provincia de Buenos Aires y señala que existen dos lógicas que pueden entenderse como leyes: los gobernadores de la provincia de Buenos Aires no alcanzan la presidencia de la Nación, y los que nacen políticamente como intendentes casi nunca llegan al cargo de gobernador en la provincia. De esta manera, el autor da evidencias empíricas que tienen que ver con los techos para los ejecutivos municipales y de allí la horizontalidad de las carreras políticas. En función de las evidencias analizadas, el autor concluye señalando que, ante la dificultad de establecer alianzas para ascender, y el poder que representan los municipios de Buenos Aires, la reelección indefinida es la mejor alternativa para las carreras políticas de los intendentes. Como ya se señaló en la referencia a los estudios sobre la provincia de Salta40, en esta investigación se observará el posible cumplimiento o no de estas lógicas.

César Tcach41, en una publicación reciente, considera a los intendentes del siglo XX de la Provincia de Córdoba con una clave que combina lo sociológico, lo politológico y lo historiográfico. Según este trabajo, los acontecimientos que suceden en la esfera municipal están enlazados a procesos de larga duración, considerando a Córdoba como enigma a dilucidar, que se complejiza en el interior provincial, donde asomaron gestiones singulares a experiencias de gran tenor político. A partir de ello dentro de otros aspectos, la investigación permite observas que el hilo conductor de las diversas etapas de la historia del siglo XX en dicha provincia fue el avance de las facultades de los gobernadores sobre los poderes municipales. Además de lo mencionado también se ponen de manifiesto las tensiones generadas por la cuestión municipal, tanto en el interior del peronismo como en sus relaciones con la oposición.

Sergio Valenzuela y Héctor Zimerman42, en un estudio exploratorio sobre procesos de elección y reelección en municipios de primera categoría en la Provincia de Formosa entre 1983- 2015, muestran que entre dos ciudades que cumplen con el requisito para ser de primera categoría, transcurridas ocho elecciones, solo nueve personas ocuparon el cargo de intendente. Los autores señalaron que en ambas ciudades la regla pareciera ser la reelección del intendente; en algunos casos reelegidos más de una vez y mayoritariamente por el partido justicialista. En relación con esto, es posible expresar que, como lo mostrara en un trabajo posterior Valenzuela, el periodo de tiempo de duración real de los intendentes, considerando que mayormente son reelectos, estaría entre los ocho y los doce años en las provincias analizadas. De aquí podría pensarse que el tiempo normal del mandato de los intendentes en las provincias analizadas estaría entre los ocho y los doce años.


Metodología

El trabajo es parte de un proyecto de investigación doctoral finalizado, abocado al estudio de procesos de elección y reelección en las provincias del nordeste de Argentina43.

Dichos proyectos abarcan las provincias y los municipios del nordeste argentino, desde el retorno a la democracia en 1983 hasta el 2013, en el que se cumplen 30 años del funcionamiento ininterrumpido del régimen democrático. En esta ocasión se presenta el análisis comparativo de los procesos de reelección entre los municipios de primera categoría de las provincias de Chaco y Formosa en el periodo 1983-2011.

En este marco, el artículo presenta e interpreta los primeros datos vinculados a los procesos de reelección de intendentes en los municipios de mayor tamaño de las provincias de Chaco y Formosa. La selección de los municipios tomados como caso de estudios obedece al criterio de comparar los efectos de las reformas políticas que incorporaron la reelección en los municipios, considerados jurídicamente de primera categoría; por lo tanto, los más importantes de ambas provincias. Se trata, en efecto, de municipios que a pesar de las variaciones demográficas en el periodo en estudio siempre estuvieron en la categoría más importante y tuvieron desde la autonomía de dichas provincias el estatus de municipios por cumplir con los requerimientos constitucionales para serlo. Además, es necesario aclarar que, en el marco de las autonomías institucionales que ofrece el federalismo en la Argentina, cada provincia tiene autonomía para fijar los criterios de categorización de municipios; fenómeno que explica que la Provincia del Chaco cuente con ocho municipios de primera categoría, y la Provincia de Formosa, solo con dos. Dado que el propósito de este trabajo es avanzar en la comparación de las categorías municipales, existe lógicamente un desequilibrio en las cantidades de municipios seleccionados para cada jurisdicción. Sin embargo, romper con este desequilibrio desvirtuaría el análisis en términos de categorías legales, propuestas a lo largo de todo este trabajo.

El recorte temporal, abarca el periodo que inicia con las elecciones de 1983 y culmina con las elecciones del 2011. Como se señaló en párrafos anteriores, los datos se recolectaron en el marco de investigaciones mayores que abarcaron los 30 años ininterrumpidos de democracia en Argentina desde 1983 hasta 2013; no obstante, como también ya se explicó, los mandatos se renuevan cada cuatro años, y debido a ello las últimas elecciones consideradas son las de 2011, ya que en 2013 en los distritos analizados solo hubo elecciones legislativas en los niveles de gobierno provincial y municipal. Estos 30 años, considerando la media duración, incluyen modificaciones de las reglas de juego político y efectos sobre los comportamientos de las cúpulas políticas locales, siendo este último el fenómeno que aquí se intenta explicar.

Las fuentes de investigación fueron las actas de proclamación de electos disponibles en la página web del Tribunal Electoral de la Provincia del Chaco44 y el portal oficial del Tribunal Electoral Permanente de la Provincia de Formosa45. Dentro del lapso estudiado existió un periodo de tiempo en el que el tribunal no publicaba datos de los resultados electorales; por lo cual, para subsanar la ausencia de los datos correspondientes a las primeras elecciones, se utilizaron los archivos de los medios de comunicación de la provincia.

El enfoque adoptado para la investigación presenta una mixtura entre lo cuantitativo y la descripción de comportamientos políticos frente a la posibilidad de reelección. En cuanto a lo metodológico, siguiendo las propuestas de Gianfranco Pasquino46 y Aníbal Pérez Liñán47, se emplea el método comparativo. Esta metodología, según los autores citados posee una serie de variantes, dentro de los cuales seleccionamos a los fines de esta presentación la comparación mediante la selección de casos similares.

En función de lo señalado, la técnica utilizada fue el análisis documental de las fuentes y la construcción de matrices que contengan para cada municipio los nombres de los intendentes electos con sus respectivas filiaciones partidarias. Los procedimientos fueron: en primer lugar, la identificación de los comicios municipales desarrollados en el periodo en los municipios seleccionados; en segundo lugar, la identificación de los ganadores de acuerdo con su filiación partidaria, y finalmente en tercer lugar, la tabulación de los datos para su posterior interpretación.


Resultados

Como se trata de municipios de dos provincias diferentes, previa reconstrucción de las matrices, se dieron las características más importantes de cada una de las provincias para poder contextualizar adecamente los datos a discutir.

La identificación de las personas que fueran electas en cada uno de los comicios municipales desarrollados en el lapso analizado permitió, como ya se señaló, la construcción de matrices que permiten reconstruir la cronología de intendentes de cada municipio. A continuación, se presentan los resultados, considerando los municipios de primera categoría en cada una de las provincias.


A- El caso de la Provincia del Chaco


La provincia cuenta con una historia política no muy larga en relación con otras del país, y su autonomía data de mediados del siglo XX. No obstante, existieron modificaciones políticas e institucionales que afectaron al sistema político. El poder político, dada la inserción en el sistema federal, se organiza alrededor de los poderes ejecutivo y legislativo. A los fines de contextualizar, dado que este trabajo se focaliza en el poder ejecutivo, conviene señalar que el poder legislativo es unicameral y está integrado por 32 diputados electos por la voluntad popular.

Con respecto al ejecutivo municipal, se puede señalar que, desde su provincialización en el año 1951, y especialmente desde el Dictado de la Constitución de 1957, los intendentes contaron con la posibilidad de ser reelectos indefinidamente. Esta situación los convirtió en referentes centrales del sistema político provincial. Hasta 1993 eran electos de manera indirecta y por un lapso de dos años. Esta situación se modificó con la reforma constitucional del año 199448.

La modificación de la constitución provincial, a partir de los acuerdos entre las facciones mayoritarias de los partidos dominantes, en relación con el poder ejecutivo ha posibilitado que se incorpore la reelección inmediata por una vez, y abierta para los cargos de gobernador y vice. Como consecuencia de ello, los dos partidos dominantes a través de alianzas han tenido un gobernador que se presentó para ser reelecto y lo consiguió, ellos son Ángel Rosas por la Alianza Frente de Todos con bases en la Unión Cívica Radical (19941999 y 1999-2003), y Jorge Capitanich por el Frente para la Victoria con bases en el Partido Justicialista (2007-2011 y 2011-2015).

En relación con el poder ejecutivo a nivel municipal, la reforma cambio dos aspectos del sistema electoral. Por un lado, se modificó la fórmula electoral, lo que originó el paso de la elección colegiada a la dirección directa del intendente municipal. Como consecuencia de ello, las investigaciones identificaron diferentes estrategias electorales utilizadas por los ejecutivos municipales para mantenerse en el poder49.

En este punto es conveniente mencionar lo expresado en la Constitución Provincial de 1994, en los artículos referentes al intendente expresa:

Artículo 189: Los concejales y el intendente de los municipios durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos y podrán ser reelegidos.
Artículo 193: El Intendente será elegido por el pueblo, y a simple pluralidad de sufragios50.

Dado que en el propósito del trabajo se menciona que se analizaran los intendentes de municipio de primera categoría, es necesario aclara que la Constitución Provincial dispone la siguiente clasificación:

Artículo 183. Habrá tres categorías de municipios:
- Primera Categoría: Centros de población de más de veinte mil habitantes.
- Segunda Categoría: Centros de población de más de cinco mil hasta veinte mil habitantes.
- Tercera Categoría: Centros de población de hasta cinco mil habitantes51.

A los fines de la comparación es necesario mencionar que, en una ola de reformas políticas provinciales a fines de 1990, en la provincia se incorporó al sistema electoral el sistema de doble voto simultáneo, permitiendo como se explicó anteriormente votar un candidato entre varios de un mismo partido en una elección general. Sin embargo, este mecanismo conocido popularmente como Ley de Lemas, no alcanzó a entrar en vigencia, ya que al año siguiente al iniciar las sesiones la legislatura provincial derogó la ley antes de que esta fuera utilizada52.

Lo expresado da cuenta de las marchas y contramarchas en el sistema institucional provincial y que afectaron al régimen municipal. A continuación, se presentan las matrices obtenidas para los municipios de primera categoría.


Tabla 1. Intendentes electos en municipios de primera categoría en la provincia de Chaco entre 1983 y 2011
Municipio Resistencia Presidencia Roque Sáenz Peña
Elecciones Intendente Partido Intendente Partido
1983 Livio A. Lataza Lanteri UCR53 Antonio Zafra PJ54
1985 Hernán Harold Piccilli UCR Antonio Zafra PJ
1987 Deolindo Felipe Bittel PJ Luis Horacio Lita PJ
1989 José Ruiz Palacios ACHA55 Juan Carlos Díaz PJ
1991 Elda Pértile ACHA Adolfo Arce ACHA
1993 Elda Pértile ACHA Víctor Lapasini ACHA
1995 Rafael González PJ Víctor Lapasini ACHA
1999 Benicio Szymula UCR Carim Peche FdT
2003 Aída Ayala FDT56 Carim Peche FdT
2007 Aída Ayala FDT Gerardo Cipolini FdT
2011 Aída Ayala FDT Gerardo Cipolini FdT

Fuente: elaboración propia a partir de resultados electorales proporcionados por la justicia electoral provincial.

Tabla 2. Intendentes electos en municipios de primera categoría en la provincia de Chaco entre 1983 y 2011
Municipio Villa Ángela Barranqueras
Elecciones Intendente Partido Intendente Partido
1983 Hugo Carlos Arece PJ Ángel Oscar Ayala PJ
1985 Hugo Carlos Arece PJ Ángel Oscar Ayala PJ
1987 Aquiles Danilo Pastor PJ Ángel Oscar Ayala PJ
1989 Aquiles Danilo Pastor PJ Oscar Cantero FreJuPo57
1991 Orlando Scozzarro PJ Oscar Cantero FreJuPo
1993 Orlando Scozzarro PJ Jorge Diel PS58
1995 Carlos Lobera UCR Oscar Cantero PJ
1999 Carlos Lobera FdT Daniel Gaborov FdT
2003 Domingo Peppo FdV59 Alicia Diagghini de Azula FdT
2007 Domingo Peppo FdV Alicia Diagghini de Azula FdT
2011 Domingo Peppo FCMM60 Alicia Diagghini de Azula FdT

Fuente: elaboración propia a partir de resultados electorales proporcionados por la justicia electoral provincial.

Tabla 3. Intendentes electos en municipios de primera categoría en la provincia de Chaco entre 1983 y 2011
Municipio Charata Las Breñas
Elecciones Intendente Partido Intendente Partido
1983 Rodolfo Loto PJ Omar Luzzi UCR
1985 Héctor Ricardo Vázquez UCR Edmundo Ramírez UCR
1987 Roberto Stafuza UCR Jorge Federico Damilano PJ
1989 Francisco Ferrer PJ Roberto Pruncini PJ
1991 Eugenio Pássimo PJ Jorge Federico Damilano FreJuPo
1993 Eugenio Pássimo PJ Jorge Araujo PJ
1995 Rubén Laola UCR Roberto Pruncini PJ
1999 José Bielsa FdT Medardo Coria FdT
2003 Miguel Tejedor FdT Medardo Coria FdT
2007 Miguel Tejedor FdT Medardo Coria FdT
2011 Miguel Tejedor FdT Medardo Coria FdT

Fuente: elaboración propia a partir de resultados electorales proporcionados por la justicia electoral provincial.

Tabla 4. Intendentes electos en municipios de primera categoría en la provincia de Chaco entre 1983 y 2011
Municipio General San Martín Quitilipi
Elecciones Intendente Partido Intendente Partido
1983 Pablo A. Schulz UCR Juan Carlos Mañanes UCR
1985 Pablo A. Schulz UCR Carlos Urlich UCR
1987 Aldo G. Ravaroto UCR Carlos Urlich UCR
1989 Pablo A. Ayala FreJuPo Angel Antonio Cuenca FreJuPo
1991 Raúl Mañanes FreJuPo Alberto Peón ACHA
1993 Raúl Mañanes PJ Alberto Peón ACHA
1995 Raúl Mañanes PJ Antonio Cuenca PJ
1999 Carlos Guardianelli FdT Emilio Bruic FdT
2003 Aldo Leiva FdV Alfredo Zamora FdV
2007 Aldo Leiva FdV Alfredo Zamora FdV
2011 Aldo Leiva FCMM Alfredo Zamora FCMM

Fuente: elaboración propia a partir de resultados electorales proporcionados por la justicia electoral provincial.

Un análisis integral del sistema político a nivel municipal no puede realizarse sin considerar el nivel provincial. Por ello, la tabla 5 presenta la nómina de las personas que fueron electas para el cargo de gobernador en el periodo analizado.


Tabla 5. Gobernadores electos en la provincia de Chaco entre 1983 y 2011
Periodo Gobernador Partido
1983-1987 Florencio Tenev Partido Justicialista
1987-1991 Danilo Baroni Partido Justicialista
1991-1995 Rolando Tauguinas Acción Chaqueña
1995-2003 Ángel Rozas Alianza Frente de Todos
2003-2007 Roy Nikisch Alianza Frente de Todos
2007-2011 Jorge Capitanich Frente para la Victoria
2011-2015 Jorge Capitanich Frente Chaco Merece Más

Fuente: elaboración propia a partir de resultados electorales proporcionados por la justicia electoral provincial.

B- El caso de la Provincia de Formosa

Formosa presenta características sociales, culturales y políticas diferentes, con procesos de configuración de autonomía provincial similares en el tiempo a los de Chaco. Considerando la historia institucional reciente, desde el retorno a la democracia, ha tenido desde lo legal una serie de modificaciones constitucionales, que afectaron profundamente el sistema político61. De esta serie de reformas sobre salen dos cuestiones que merecen ser consideradas en profundidad, la implementación y derogación parcial de la ley de lemas y la adopción de modalidad de reelección indefinida para los cargos ejecutivos provinciales, que desde el 2003 alcanza a gobernadores, vicegobernadores e intendentes.

Por otra parte, en la Provincia de Formosa se implementó el doble voto simultaneo, aplicado mediante decreto firmado por el gobernador de entonces, Floro Bogado. El artículo primero de dicha ley expresa:

Adóptese para la provincia de Formosa el siguiente sistema electoral, en el que, a los efectos de esta Ley, se entenderá por «LEMA» la denominación de un Partido Político y «SUBLEMA» se definirá como una fracción de un LEMA , para todos los actos y procedimientos electorales, de conformidad con las prescripciones de la presente ley para la elección de Convencionales Constituyentes, Diputados Provinciales, Intendentes, Presidentes de Comisiones de Fomento y Concejales para toda la provincia o por Localidades, los que deberán ser registrados ante el Tribunal Electoral Permanente de la Provincia62.

Esta ley estructura la forma de elección de todos los cargos del sistema electoral de la provincia63. Esta ley se encuentra contenida en la Constitución Provincial, aunque en su contenido no lo manifiesta. Como lo menciona el artículo, la ley en sus inicios regia para todos los cargos ejecutivos y, en general, los lemas coincidían con los partidos políticos y presentaban algunas particularidades. En la práctica, los lemas se utilizaban para nominar los cargos ejecutivos, y los sublemas aportaban los cargos legislativos. En algunos casos, los ejecutivos municipales recogían votos para el lema del ejecutivo provincial.

De esta manera, el lema general para el cargo de gobernador contaba con aportes de los sublemas de los legisladores provinciales y los lemas usados por los intendentes. Sumada a la implementación y derogación parcial del doble voto simultáneo, se reformó la Constitución Provincial en el año 2003, para que los ejecutivos tengan posibilidades de ser reelectos indefinidamente64. Luego de esto, a mediados de 2011, eliminó la aplicación de la Ley de Lemas 653/87 para el cargo a gobernador y vicegobernador, el texto de la nueva reglamentación manifiesta expresamente:

Derogase la Ley de Lemas Nº 653 en el ámbito de la provincia de Formosa para la elección de Gobernador y Vicegobernador los que serán elegidos en forma directa y a simple pluralidad de sufragios, quedando subsistente la ley de Lemas para la elección de todos los cargos públicos electivos provinciales, municipales y de comisiones de fomento65.

De esta manera, la ley sigue vigente para los cargos legislativos provinciales y para todos los cargos municipales. Por esta razón, al presente el régimen electoral presenta una mixtura que integra a la ley de lemas, sin que se la aplique a las categorías de gobernador y vicegobernador.

En cuanto a la organización de los municipios, la Constitución de Formosa prevé la existencia de tres categorías de municipios que varían de acuerdo con la cantidad de población con la cuentan cada uno de los municipios; sin embargo, la Carta Magna no se refiere a las cantidades de habitantes necesarias para cada grupo. En relación con esto, la regulación legal señala que:

Las Municipalidades de la Provincia serán de tres (3) categorías: los centros cuya población no sea inferior a los un mil (1.000) habitantes y no exceda de los cinco mil (5.000) habitantes, serán de tercera categoría, los que tengan más de cinco mil (5.000) habitantes y no excedan los treinta mil (30.000), de segunda categoría, y los que excedan los treinta mil (30.000) habitantes serán de primera categoría. Los centros poblados con menos de un mil (1.000) habitantes y hasta quinientos (500) habitantes tendrán Comisiones de Fomento. Los Censos generales determinarán la categoría legal de cada Municipio, o su creación cuando correspondiere66.

A partir de lo señalado, la Provincia de Formosa posee 2 municipios de primera categoría, 6 de segunda categoría y 19 de tercera categoría. En esta ocasión avanzaremos en el análisis de los procesos de reelección de las ciudades de Formosa y Clorinda que corresponden a municipios de primera categoría. A continuación, se presentan las matrices de dichos municipios.


Tabla 6. Intendentes electos en municipios de primera categoría en la Provincia de Formosa entre 1983 y 2011
Municipio Formosa Clorinda
Elecciones Intendente Partido Intendente Partido
1983 Francisco Vega PJ Porfirio Costadoni UCR
1987 Lisbel Andrés Rivira PJ Santiago Mayans PJ
1991 Cristino Caballero FreJuPo Santiago Mayans FreJuPo
1995 Cristino Caballero PJ Manuel Celauro PJ
1999 Gabriel Hernández UCR Manuel Negretti PJ
2003 Fernando De Vido FpV Manuel Negretti FpV
2007 Fernando De Vido FpV Manuel Negretti FpV
2011 Fernando De Vido FpV Manuel Celauro FpV

Fuente: elaboración propia a partir de resultados electorales proporcionados por la justicia electoral provincial.

Al igual que para el caso de la Provincia del Chaco, no se puede entender la esfera municipal en sí misma sin una referencia al nivel provincial, por esto es necesario mencionar los gobernadores electos. La tabla 7 muestra los nombres de los electos y sus respectivos partidos políticos.


Tabla 7. Gobernadores electos en la provincia de Chaco entre 1983 y 2011
Periodo Gobernador Partido
1983-1987 Floro Bogado Partido Justicialista
1987-1991 Vicente Joga Partido Justicialista
1991-1995 Vicente Joga FreJuPo
1995-2003 Gildo Insfrán PJ
1999-2003 Gildo Insfrán PJ
2003-2007 Gildo Insfrán Frente para la Victoria
2007-2011 Gildo Insfrán Frente para la Victoria
2011-2015 Gildo Insfrán Frente para la Victoria

Fuente: elaboración propia a partir de resultados electorales proporcionados por la justicia electoral provincial.

Discusiones y conclusiones

En función de lo hasta aquí abordado, considerando la cronología de intendentes en los municipios de la primera categoría en las provincias analizadas, institucionalmente en los dos casos se encuentra habilitada la reelección indefinida para los cargos ejecutivos municipales; no obstante, en la práctica los resultados son diferentes. Para discutir estas diferencias es necesario considerar dos aspectos claves en el sistema político como dimensiones de análisis: los sistemas electorales y los sistemas de partidos.

En relación con los sistemas electorales, las dos provincias mediante reformas políticas han introducido cambios, mientras que en el Chaco se modificó la forma de elección, pasando de colegiaturas a elección directa; en Formosa se apeló a la ley de lemas. La elección directa a simple pluralidad de sufragios generó condiciones que favorecieron rotaciones de nombres y etiquetas partidarias al interior de los municipios más importantes de la provincia; mientras que en Formosa el doble voto simultáneo sirvió para resolver las internas del peronismo, lo cual dio lugar a la consolidación del partido al frente de las dos ciudades más importantes de la jurisdicción. De esta manera, es posible confirmar aquellos supuestos que afirman que las características de los sistemas electorales obedecen al contexto social e histórico en el que se insertan.

A partir de las características de los sistemas electorales se estructuran las conductas de los líderes locales, que ante una misma norma tienden a tener conductas que parecieran sistemáticas, pero con diferencias provinciales, como los señalaron los trabajos aquí citados de Ollier, Szwarcberg Daby y Bandiera, entre otros, para el caso de Buenos Aires; Maidana para la Provincia de Salta; Beck para la Provincia de Formosa y Abdala para a Provincia del Chaco, entre algunas de las investigaciones sobre la temática. En el Chaco la tendencia es hacia la permanencia de líderes que conservan su etiqueta partidaria, como ya lo habían afirmado trabajos anteriores. También se observa que antes de los cambios de nombre cambian los partidos y esto ocurre después de al menos una reelección, lo cual refuerza las posiciones precedentes que habían señalado que los líderes eran derrotados con el paso del tiempo. En Formosa pareciera que por efectos de la ley de lemas rotan los nombres, pero se consolida el partido de gobierno, que por ser el justicialismo confirma las hipótesis que argumentaban que los lemas eran un instrumento para resolver la interna peronista. Podría pensarse que en las situaciones donde hay rotación de nombres, la interna a nivel local en una elección general se resuelve en favor de un candidato diferente al incumbent, pero que, por efecto del sistema electoral, es un candidato del partido de gobierno.

En el nivel provincial, los diseños institucionales ofrecen algunos contrastes. En el caso de la Provincia del Chaco, al no estar habilitada la reelección indefinida, hay una rotación de nombres con relación a los gobernadores, y existe una similitud con los argumentos que señaláramos en relación con que el cambio de candidato en ocasiones no permite la continuidad del partido de gobierno. Con lo cual, la coordinación electoral podría tener efectos adversos para algunos intendentes que intenten permanecer y su partido sea derrotado en el ámbito provincial.

Por otra parte, en la Provincia de Formosa, el fenómeno pareciera ser opuesto. La reelección indefinida es efectiva en el nivel provincial; mientras que, en los municipios, por efecto de la ley de lemas y la coordinación electoral, el partido de gobierno suele retener los municipios, pero con alguna rotación de nombres debido a que en las contiendas electorales locales no siempre se impone el mismo sublema del oficialismo. A su vez, esto indica que los candidatos oficialistas aportan su caudal de votos al gobernador en el nivel provincial y los sublemas definen la elección local.

En relación con los aspectos mencionados, los impactos en el sistema de partidos en el nivel de gobierno municipal muestran una polarización de la estructura de la competencia electoral entre el justicialismo y el radicalismo, con matices diferenciados en cada una de las provincias. En el caso de Formosa, el peronismo logró construir una preponderancia que roza la hegemonía, y en el lapso analizado perdió solo una elección en un cada municipio. En el caso de Chaco, la competencia se polarizó entre los dos partidos mayoritarios como lo son la UCR y el PJ, y esto llevó a la desaparición de otros partidos y facciones minoritarias que tenían peso en las elecciones municipales, como ser Acción Chaqueña o el Partido Socialista. Desde el 2003 en adelante, como lo señalan las investigaciones relacionadas al sistema político argentino como la de Calvo y Escolar67, la nueva política de partidos da lugar a la conformación de frentes y alianzas electorales, que tienen su correspondiente correlato en la escala municipal.

En relación con la reelección indefinida, es importante mencionar la presencia de elementos de análisis llamativos. En primer lugar, la consolidación de partidos en municipios concretos, fenómeno que pareciera ser más claro en los municipios de la Provincia de Formosa; no obstante, también se observa en Chaco. En segundo lugar, en relación con el primer elemento, la rotación de nombres al interior de las etiquetas partidarias, por lo cual, a pesar del cambio de nombres, los partidos conservan los territorios. Las conformaciones de alianzas han tenido dos impactos. Por un lado, han permitido la continuidad por al menos tres mandatos consecutivos de las mismas personas, y luego el lapso analizado no alcanza para discutir la continuidad o no en el cuarto mandato consecutivo. Por otro lado, el hecho de que las alianzas sean encabezadas por los partidos mayoritarios, en el caso del Chaco generó la desaparición de los partidos minoritarios, dado que en algunos casos los líderes partidarios y, en algunos casos intendentes, continuaron integrándose a estas grandes alianzas.

En función de los factores mencionados, es posible pensar a modo hipotético que los efectos de los diseños institucionales sobre las conductas de los dirigentes locales que cuentan con la posibilidad de reelección, y los efectos de estos mismos diseños institucionales sobre los sistemas de partidos dan lugar a dos consecuencias. Por un lado, la dinámica en las carreras políticas de los intendentes que, en Formosa al interior del Partido Justicialista, y en algunos municipios, es similar a lo que sucede en Salta, con ascensos y descensos según sus relaciones con las cúpulas partidarias provinciales. Por otro lado, en el Chaco, con mayor diversidad partidaria, se observa, a diferencia de lo que sucede en Formosa y otras provincias, el control territorial de algunos municipios por parte de líderes locales que se sostienen en una etiqueta partidaria, por lo que al rotar el nombre cambia también el partido de gobierno.

A partir de lo descripto podría pensarse en términos comparativos, que aquellos intendentes que llegan a postularse para ser gobernadores podrían asimilarse a figuras principescas, o bien asimilar a duques y condes, a aquellos se sostienen en poder local durante largos periodos superiores a doce años en municipios, pertenecientes a la primera categoría en sus respectivas provincias. Podría entenderse, que estas metáforas parecieran exagerar las figuras locales; no obstante, es necesario pensar que, en contexto de baja o débil institucionalidad, la escasa rotación de personas frente al poder ejecutivo atenta contra el principio republicano de alternancia frente al poder, debilitando el sistema democrático.

A partir de los argumentos esgrimidos, para la continuidad de la investigación, quedan algunos interrogantes como ver a qué se debe la rotación de nombres al interior de los partidos y cómo afecta esto a las carreras políticas de los líderes locales; qué efectos tiene la coordinación electoral con los otros niveles de gobierno en perspectiva comparada; y por último, dentro de otros posibles interrogantes, qué pasaría con el funcionamientos de estos regímenes políticos locales ante una nueva reforma política que afecte los sistemas electorales.




* Este documento respeta las directrices y normas dispuestas en la Declaración de Ética de Publicación de Ciencia Nueva, Revista de Historia y Política. Esta declaración puede consultarse en la página web de la revista: http://revistas.utp.edu.co/index.php/historia


** Profesor en Ciencias de la Educación y profesor en Geografía, magíster en Partidos Políticos y doctorando en Historia por la Universidad Nacional de Córdoba. Becario de investigación doctoral cofinanciado por la Universidad Nacional del Nordeste y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas de Argentina. Área de trabajo, política subnacional. Miembro del proyecto de investigación: Los cambios en los sistemas electorales y sus implicancias sobre los sistemas políticos provinciales. Análisis comparado de las provincias del nordeste argentino entre 1983 y 2013. Profesor Adjunto Ciencias Políticas y Opinión Pública Universidad de la Cuenca del Plata Corrientes Argentina.


1 Ver principalmente: G. Burad Abud, «La reelección presidencial: un marco teórico y un análisis empírico-descriptivo en América Latina» (disertación del Máster en Ciencia Política, Universidad de Salamanca. Área de Ciencia Política y de la Administración, 2010). John Carey, «The Reelection Debate in Latin America», Latin American Politics and Society 45 (2003): 119-133, doi: https://doi.org/10.1111/j.15482456.2003.tb00234.x Mario Serrafero, Reelección y sucesión presidencial: poder y continuidad en Argentina, América Latina y EE. UU. (Buenos Aires: Editorial de Belgrano, 1997). Mario Serrafero, «La reelección presidencial indefinida en América Latina», Revista de Instituciones, Ideas y Mercados 54, n°1 (2011): 225-259.


2 Charles Louis de Secondat Montesquieu, Espíritu de las leyes (Madrid: Imprenta de Marcos Bueno, 1845).


3 Se trata de los municipios de mayor tamaño en ambas provincias, según criterio demográfico. En el Chaco, ciudades con más de 20.000 habitantes; y en Formosa, ciudades de más de 30.000 habitantes.


4 Antonio Cardarello, «El irresistible anhelo de inmortalidad: Los gobernadores y la reelección inmediata en Argentina (1983-2007)», Revista de la Sociedad Argentina de Análisis Político 6, n°1, (2012): 153-194.


5 Dieter Nohlen, «La reforma de la ley electoral. Pautas para una discusión», Revista Española de Investigaciones Sociológicas 16, (1981): 135-143. Dieter Nohlen, Sistemas electorales y sistemas de partidos (México: Fondo de Cultura Económica, 1994).


6 Maurice Duverger, Los partidos políticos (Madrid: Fondo de Cultura Económica, 2002).


7 Giovanni Sartori, Partidos y sistemas de partidos: marco para un análisis (New York: Saint Martin's Press, 1999).


8 Silvia Robín, «Ley de lemas y dinámica del sistema de partidos en la provincia de Santa Fe», Estudios Sociales 1, n.º 6 (1994): 85-95.


9 Sergio David Valenzuela, «El unicato… La ley de lemas y la reelección indefinida en la Provincia de Formosa», Revista Pilquen. Sección Ciencias Sociales, 20, n.º 3, (2017): 19-29, http://revele.uncoma.edu.ar/htdoc/revele/index.php/Sociales/article/view/1711


10 Gustavo Ernesto Emmerich, «Dominación, poder, Estado moderno y capitalismo en Max Weber. Una interpretación», Iztapalapa. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades 10, n°. 19 (1990): 93-106.


11 Guillermo O’Donnell, «Democracia delegativa», Novos estudos 31, n°. 92, (1991): 25-40.


12 Abraham Zaleznik y Anne Jardim, «Dirección de Empresas», en La Sociología en las Instituciones, comp. por Paul Lazarsfeld, Willem Sewell y Harold Wilenski (Buenos Aires: Paidós Editorial, 1971), 15.


13 Terry Moe, «Presidentes, instituciones y teoría», en La dinámica del Poder Ejecutivo en América. Estudios comparados sobre la institución presidencial. Comp. por Martín Alessandro y Andrés Gilio (Buenos aires: INAP, 2013), 15-62.


14 Max Weber, Economía y sociedad (México: Fondo de Cultura Económica, 1984), 180.


15 Víctor Bazán, «El federalismo argentino: situación actual, cuestiones conflictivas y perspectivas», Estudios constitucionales 11, n.º 1 (2013): 37-88.


16 Roberto Gargarella, La sala de máquinas de la Constitución: dos siglos de constitucionalismo en América Latina (1810-2010) (Buenos Aires: Katz Editores, 2015).


17 Roberto Gargarella, «El nuevo constitucionalismo dialógico frente al sistema de los frenos y contrapesos», Revista Argentina de Teoría Jurídica 14, n.º 2, (2013): 1 -32.


18 Marco Gerardo Monroy, «El Derecho Internacional como fuente del Derecho Constitucional», Anuario Colombiano de Derecho Internacional 1, (2010): 107-138, doi: https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/acdi/a.6812


19 Daniel Sabsay, «El federalismo argentino. Reflexiones luego de la reforma constitucional», en Ciencias sociales: presencia y continuidades, comp. por Juan Carlos Agulla (Buenos Aires: Academia Nacional de Ciencias, 1999), 425-438.


20 Germán J. Bidart, Tratado elemental de derecho constitucional argentino (Buenos Aires: EDIAR, 1999).


21 Texto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, CSJN, «Ponce Carlos Alberto c/San Luis, provincia de, s/acción declarativa de certeza», 2005. P. 95. XXXIX.


22 María Gabriela Abalos, «El régimen municipal argentino, después de la reforma nacional de 1994». Cuestiones Constitucionales 8 (2003): 3-45.


23 Adolfo Posada, Tratado de derecho político (Buenos Aires: Librería General de Victoriano Suárez, 1927).


24 Posada, Tratado de derecho político, 52.


25 Abalos, «El régimen municipal argentino…»


26 Martha Díaz de Landa, «Culturas políticas locales», Revista El Príncipe 3, n.º 5/6 (1996): 135-184.


27 Díaz de Landa, «Culturas políticas locales».


28 Esteban Krotz, «Antropología, elecciones y cultura política», Nueva Antropología XI, n.° 38 (1990): 9-19.


29 Clifrord Geertz, La interpretación de las culturas (México: Editorial Gedisa, 1987).


30 Horacio Cao, «Sistema político regional de las provincias periféricas», Realidad Económica, n.° 216, (2005): 95-118.


31 Mariana Caminotti, Santiago Rotman, y Carlos Varetto, «Carreras políticas y oportunidades generalizadas en la provincia de Buenos Aires, Argentina (1983-2007)», Postdata, Revista de Reflexión y Análisis Político 16, n.°2, (2011): 191-221.


32 Mariela Szwarcberg Daby, «Clientelismo en democracia: lecciones del caso argentino», Nueva Sociedad 225, n.° 191, (2010): 139-155. Lucas Jolías y Augusto Reina, «Democracia, patrimonialismo y reelecciones en Argentina: en busca de conceptos», Revista de Ciencias Sociales, segunda época 3, n.° 19 (2011): 177-196.


33 Fernanda Maidana, «Sobre el modo de justificación de los ascensos y descensos en los organismos gubernamentales de los dirigentes del Partido Justicialista (PJ) de Salta, Argentina, en los años 1995-2005» Cuadernos de Antropología Social 28 (2008): 107-125.


34 María Matilde Ollier, «El liderazgo político en democracias de baja institucionalización (el caso del peronismo en la Argentina)», Revista de Sociología 24 (2010): 127- 150.


35 Szwarcberg Daby, «Clientelismo en democracia: lecciones del caso argentino».


36 Antonella Bandiera, «Las ventajas de los oficialistas y las asimetrías de información: evidencia de los municipios bonaerenses» (tesis de Licenciatura, Universidad de San Andrés, Departamento de Ciencias Sociales, Buenos Aires, 2012).


37 María Belén Abdala, «¿Cuero o camiseta?: influencia de la etiqueta partidaria sobre la permanencia en el poder de intendentes de la Provincia de Chaco», (tesis de Licenciatura, Universidad de San Andrés, Departamento de Ciencias Sociales, Buenos Aires, 2014).


38 Mariela Szwarcberg Daby, «Reelecciones infinitas: el caso de los intendentes del Conurbano», Postdata, Revista de Reflexión y Análisis Político 22 n.º 1 (2016): 1-40.


39 Santiago Leiras, «Provincia de Buenos Aires ¿La jefatura comunal como ‘techo de cristal’ de los intendentes bonaerenses?», Ecuador Debate 102 (2017): 67-81.


40 Maidana, «Sobre el modo de justificación de los ascensos…».


41 César Tcach, comp. Los intendentes de Córdoba en el siglo XX. Liderazgos, gestiones y relaciones entre nación, provincia y municipio (Córdoba: Universidad Nacional de Córdoba, 2019).


42 Sergio Valenzuela y Héctor Zimerman, «Hegemonía partidaria en las elecciones de intendentes en municipios de primera categoría en la provincia de Formosa 1983-2015», en Procesos electorales en perspectiva multinivel: gobernanza electoral y comportamiento político en Argentina, comp. por V. G. Mutti y A. G. Torres (Rosario: UNR Editora, 2019).


43 La tesis presentada en noviembre de 2019, para acceder al grado de doctor en Historia por la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Nacional de Córdoba, se titula «A la usanza de Porfirio Díaz… La reelección de los ejecutivos subnacionales en la historia reciente de las provincias Chaco, Formosa y Misiones».


44 Tribunal Electoral de la Provincia del Chaco, acceso diciembre de 2020, http://www.electoralchaco.gov.ar/


45 Tribunal Electoral Permanente Provincia de Formosa, acceso diciembre de 2020, http://tep.jusformosa.gob.ar/


46 Gianfranco Pasquino, Sistemas políticos comparados (Buenos Aires: Prometeo Libros Editorial, 2004).


47 Aníbal S. Pérez, «El método comparativo: fundamentos y desarrollos recientes», documento de trabajo n.º 1, Política Comparada (Buenos Aires: Universidad Nacional de San Martín, 2008).


48 Marcos Antonio Altamirano, Historia del Chaco (Resistencia: Cosmos Editorial, 1994).


49 Sergio David Valenzuela y Marcos Walter Medina, «Sobre el azar, el reflejo y la ambición: picardías electorales como respuesta a los cambios constitucionales en un escenario subnacional», Elecciones 17, n.º 18 (2018): 71-91.


50 Constitución de la Provincia del Chaco 1994. Los artículos aquí citados hacen referencia al sistema electoral vigente para el régimen municipal.


51 Constitución de la Provincia del Chaco 1994. Los artículos aquí citados hacen referencia a las categorías de municipio, que se organizan según criterio demográfico respetando la Ley Orgánica de Municipalidades vigente en la provincia.


52 Liliana de Riz, «El debate sobre la reforma electoral en la Argentina», Desarrollo económico 32, n.º 126 (1992): 163-184.


53 Unión Cívica Radical


54 Partido Justicialista


55 Acción Chaqueña


56 Frente de Todos


57 Frente Justicialista Popular


58 Partido Socialista


59 Frente para la Victoria


60 Frente Chaco Merece Más


61 Hugo Humberto Beck, «Gildo Insfrán, gobernador de Formosa. Clientelismo político y hegemonía peronista» (ponencia publicada en Actas del XXXII Encuentro de Geohistoria Regional. Instituto de Investigaciones Geohistóricas, CONICET, Universidad Nacional del Nordeste, Resistencia, 2012).


62 Provincia de Formosa. Ley 653/1987. Implementación del doble voto simultáneo.


63 De Riz, «El debate sobre la reforma electoral en la Argentina».


64 Sergio David Valenzuela, «El unicato… La ley de lemas y la reelección indefinida en la Provincia de Formosa», 19-29.


65 Provincia de Formosa, Ley 1570/2011. Derogación parcial de la ley de lemas.


66 Provincia de Formosa, Ley 1028/1992. Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 2.


67 Ernesto Calvo y Marcelo Escolar, La nueva política de partidos en la Argentina. Crisis política, realineamientos partidarios y reforma electoral (Buenos Aires/Houston: Universidad de Torcuato Di Tella, 2005).



Referencias


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