Ciencia Nueva. Revista de Historia y Política | e-ISSN 2539 - 2662

Vol. 8 Núm. 2 | Julio - diciembre de 2024 - Pereira, Colombia





HISTORIOGRAFÍA Y TEORÍA POLÍTICA

DOI: https://doi.org/10.22517/25392662.25623 - pp 119-137



Pleitos, acuerdos y bifurcaciones identitarias en las tierras de Santa Ana de Guamal, Colombia


Lawsuits, Accords and Identity divergences in the Lands of Santa Ana de Guamal, Colombia




Recibido: 29/05/2024

Aceptado: 22/10/2024

Publicado: 31/12/2024


Resumen


Este artículo se centra en un conflicto por la transferencia de los derechos de propiedad de tierras, originado en una disputa familiar por linderos entre vecinos a partir de 2015. La finca objeto de la discordia está ubicada en tierras de resguardo y dentro de un área perteneciente a Santa Ana de Guamal desde el periodo colonial, también hace parte de unas tierras «incoradas». Esto nos obliga a reconocer las circunstancias históricas particulares en las que desde hace ya más de dos siglos se dibujan fronteras utilizando los lápices de las identidades étnicas. A partir de un análisis de documentos y trabajo de campo, exploramos cómo las identidades étnicas se han utilizado para justificar derechos sobre la tierra y cómo este conflicto ha escalado más allá del ámbito familiar, involucrando a las autoridades locales y a organizaciones políticas y étnicas. Los hechos analizados reflejan la complejidad de las dinámicas identitarias en contextos de disputa territorial.


Palabras clave: identidades, conflictos por la tierra, derechos de propiedad, Cabildo Indígena de Cañamomo Lomaprieta y Consejo Comunitario Afrodescendiente de Guamal.


Abstract


This article focuses on a land ownership dispute in Santa Ana de Guamal, Colombia, stemming from a family feud over property boundaries that began in 2015. The disputed property, located within a resguardo and an area belonging to Santa Ana de Guamal since the colonial period, is also part of lands that have undergone agrarian reform processes. This historical context highlights the complex interplay of ethnic identities and land claims. Through document analysis and fieldwork, we explore how ethnic identities have been used to justify land rights and how this conflict has escalated beyond the family level to involve local authorities and political and ethnic organizations. The findings reveal the intricate dynamics of identity in territorial disputes.


Keywords: Identities, land conflicts, property rights, Cabildo Indígena de Cañamomo Lomaprieta y Consejo Comunitario Afrodescendiente de Guamal.


Introducción


En este relato figuran actores diversos que desde el periodo colonial han marcado la historia del poblado de Guamal, situado en el municipio de Supía, en el departamento de Caldas, en Colombia. También son protagonistas diferentes personas que, durante mis temporadas de trabajo de campo entre 2015 y 2019, me hablaron de sus experiencias individuales y de aquellas que tenían que ver con las organizaciones étnicas que convergían en el pueblo, a las que se adscribían miembros de las diferentes familias. Dichas identidades sustentaban derechos por la tierra, ubicándolos en el corazón de las tensiones. Aparecían entonces contornos rígidos que ocultaban, tan solo en apariencia, la densidad y la vivacidad de las versiones sobre sí mismos y sobre los otros que emergían de manera incontrolada.

Las categorías identitarias evocadas en este escrito surgieron tanto en diálogos y conversaciones como en documentos encontrados en archivos comunitarios, familiares, notariales y parroquiales1. De esta manera, se tiene testimonio de complejas correspondencias e intercambios en el plano legal y seudolegal asociados a la transferencia de derechos sobre la tierra y a los pleitos por los linderos y caminos de servidumbre2. El objetivo de las líneas que se presentan a continuación es restituir de manera detallada un conjunto de situaciones en las que se ponen en marcha un amplio espectro de adscripciones identitarias, que asimismo sustentan los derechos de propiedad y apropiación de lugares históricamente compartidos y disputados por diferentes grupos, en la región del noroccidente de Caldas.

La primera parte se ocupa de una serie de pleitos y acuerdos entre indígenas y negros, durante el periodo republicano, cuando las tierras de Guamal todavía eran custodiadas para asegurar el culto a santa Ana y se administraban de manera colectiva. En esta parte se hace énfasis en el rol de las autoridades eclesiales y de las élites regionales en la configuración de dichos pleitos y acuerdos. En la segunda parte, un solo pleito, al interior de la familia Gañán, presenta varias facetas de legitimidad en el acceso a la propiedad: familiar, religiosa, estatal y étnica. Allí se evoca un periodo en donde las tierras fueron parte del proceso de reforma agraria y se habla de que fueron «incoradas» a favor de campesinos e indígenas. La última sección se ocupa de un periodo más reciente en donde las organizaciones étnicas, como el Cabildo Indígena y el Consejo Comunitario, han jugado un papel determinante en la conformación de nuevas bifurcaciones identitarias.


La herencia a los vecinos de Guamal, protectores del culto a santa Ana


Quienes han visitado Guamal, esta vereda que parece más bien un barrio del municipio de Supía en el Departamento de Caldas, han escuchado el nombre de Josefa Moreno de la Cruz, ama esclavista, cuya presencia y poderío estarían asociados a la fundación del pueblo. La historia la relatan siempre mis interlocutores guamaleños con sorprendentes y reveladoras variaciones. No obstante, persiste la idea de que durante una época pasada3 un grupo de negros esclavos4, que trabajaban las minas de oro, trajeron a cuestas la imagen de santa Ana. Se mantiene, en muchas versiones de este relato, la idea de que la imagen se puso pesada5 y evitó su traslado a otras tierras fundando así el poblado que ahora conocemos. La imagen y su llegada al pueblo habrían sido resultado de una orden de Josefa Moreno de la Cruz, quien aparece en la gran mayoría de versiones como una piadosa mujer que enseñó a los esclavos la devoción por la imagen, otorgándoles su apellido, Moreno, y asimismo la libertad6. Además, todos los relatos insisten en que fue ella quien legó la propiedad de la tierra que los guamaleños habitan desde entonces7.

En tiempos actuales, este último punto resulta controversial puesto que Guamal se encuentra bajo la jurisdicción y control político del Cabildo Indígena de Cañamomo Lomaprieta. Además, hay que advertir que el departamento de Caldas no se asocia comúnmente al poblamiento de negros descendientes de esclavos del periodo colonial, y mucho menos se considera que estas gentes habiten dentro de un resguardo indígena. Tanto a los representantes de las instituciones del Estado como a los profesionales universitarios que llegan al lugar por primera vez, les resulta contradictorio que exista un Consejo Comunitario Afrodescendiente (por demás legalmente reconocido) dentro de los confines del resguardo de Cañamomo Lomaprieta. El complejo devenir del poblamiento minero de esta región hizo que desde el siglo XVIII se establecieran rivalidades entre negros e indios, pero también acuerdos con respecto a los derechos de ocupación de las tierras.

De hecho, la evocación del pasado colonial y republicano, con el fin de sustentar derechos de propiedad de la tierra, genera fuertes rivalidades entre colectivos organizados desde hace varios años, principalmente entre el Cabildo Indígena de Cañamomo Lomaprieta y el Consejo Comunitario afrodescendiente de Guamal8. Las rivalidades contemporáneas están sustentadas en viejos litigios que involucran a las élites regionales y a las autoridades eclesiales. Hoy en día algunos endilgan los conflictos entre organizaciones afrodescendientes e indígenas a la influencia del estado multicultural y sus instituciones, que establecieron fronteras identitarias fundando derechos territoriales que favorecieron la exclusión y el disenso entre indígenas y negros. No obstante, sabemos por diversas fuentes documentales que las autoridades eclesiales y los abogados pertenecientes a las élites regionales han influenciado en el establecimiento de derechos sobre la tierra y han contribuido a que los conflictos se recrudezcan en unos momentos y se apacigüen en otros.

Los conflictos actuales se fundan en un amplio panorama de derechos, tanto territoriales como de participación política, que se han conjugado a lo largo de la última década con un ambiente de tensión relativo a las amenazas mineras9. En Guamal, se generaron fuertes rivalidades entre vecinos, familiares y compadres desde el 2012, debido a pugnas en la instalación de un acueducto y especialmente por la inscripción formal del Consejo Comunitario Afrodescendiente en el 201310. Estas decisiones generaron controversias con el Cabildo de Cañamomo Lomaprieta. Sabemos por las fuentes históricas que no era la primera vez que un asunto legal de derechos sobre estos predios ponía en tensión a los líderes de los colectivos. En el periodo republicano, los pleitos involucraron a las élites políticas regionales11, a las organizaciones y además a las autoridades eclesiales12.

Un conjunto de documentos procedentes del Archivo Notarial de Supía (ANS), del Archivo de la Comunidad de Guamal (ACG) y del Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio (ORIPR), que se refieren al período comprendido entre 1874 y 1930, ponen de relieve el papel desempeñado por la institución de la Iglesia Católica en el surgimiento de un enfrentamiento inicial entre los indios de Supía y Cañamomo (hoy en día Cañamomo Lomaprieta) y los guamaleños13.

En uno de los documentos del Archivo Comunitario de Guamal14, firmado en 1889, Juan Gregorio Trejo, representante legal de la comunidad de Guamal, afirmaba haber accedido a un documento, para la época ya antiguo, que decía: «Desde el año de 1750 han poseído los de guamal esos terrenos, según la opinión del esponente aunque no conserven los títulos ni escrituras tienen derecho como dueños»15. Sebastián Moreno de la Cruz –probablemente familiar de Josefa Moreno de la Cruz– redactó acuerdos con los indios de Cañamomo a finales del siglo XVIII. Según los documentos citados en la carta de Trejo, Moreno de la Cruz ofreció cierta suma a los indios para autorizar la ocupación de los guamaleños en las tierras de Guamal, como protectores del culto:

Los vecinos de la fración del Guamal profesan la de Jesús Cristo y por tanto son miembros de la iglesia; y están prontos al cuidado del culto y a su adorno, para la celebración del Santo Sacrificio de la misa y Santos Sacramentos […]. Desde hace años los cañamomos tenían acuerdos con Sebastián Moreno, conocido del punto de Guamal, siempre que pagase [fragmento ilegible] […]. Desde esos tiempos los vecinos han cultivado en Guamal como dueños, disfrutan trabajando por el mismo convenio16.

Acerca de los acuerdos establecidos desde tiempos atrás entre don Sebastián Moreno de la Cruz y los guamaleños, otra fuente indica que:

los vecinos fracción de Guamal […] católicos apostólicos romanos tanto son miembros de la iglesia […] cuidado del culto. Hace muchos años lograron convenio con don Sebastián que lo reconocían en el punto de Guamal y a su cuadrilla […]. Desde hace tiempo están dichos vecinos hago mención cultivando en Guamal como […] otra hora más pues están escribados según consta por su título que al efecto […] otorgo últimamente el día 26 de mayo de 187917.

A pesar de este reconocimiento, existía gran polémica acerca de la legitimidad de los derechos territoriales de los guamaleños. En 1888, el cura de la iglesia de San Lorenzo de Supía influyó en algunos miembros de las comunidades indígenas de Supía y Cañamomo para que exigieran la anulación de los procedimientos jurídicos anteriores. El cura les pidió a los indios que reclamaran las tierras, que corresponderían a la iglesia de Santa Ana de Guamal, para adjudicarlas a favor de la parroquia de San Lorenzo de Supía. El argumento del sacerdote era que los indios habían sido engañados por los abogados intermediarios para llegar al acuerdo original con los guamaleños18.

Los esfuerzos de la iglesia de Supía por disponer de los bienes de santa Ana no eran nuevos. El 3 de julio de 1848, el mayordomo de la vice parroquia de Santa Ana ya había presentado un informe a la parroquia de San Lorenzo destacando «el triste estado» en el que se encontraba la población y la importancia de poner en venta los terrenos correspondientes a Santa Ana de Guamal:

El mayordomo como administrador de los bienes de la obra pia de Santana de Guamal manifestó que la fundación de […] la obra pía consiste por su mayor parte en esclavos que cada día se van muriendo y que dentro de poco […] quedaran en las rentas y se acabara la obra pía que la […] junta disponer que se venda la acción que tiene Santana en los bienes que están indivisos19.

En un documento del Archivo de la Arquidiócesis de Popayán del 12 de noviembre de 1889 se evidencia cómo en 1888 las autoridades de los intercambios entre miembros de la institución eclesiástica20 intervinieron en el debate sobre las tierras de Guamal. Juan Gregorio Trejo, quien en 1879 era el representante legal de las comunidades indígenas, en 1888 fue pagado por los guamaleños para defender sus derechos adquiridos en procedimientos judiciales. Trejo afirmaba que la petición de anulación de 1888 había sido emprendida por los indios bajo la amenaza de excomunión por parte del cura de Supía. Insistió en que el sacerdote no defendía los intereses de los indios, sino los de particulares que querían reclamar para sí las tierras de Guamal. Juan Gregorio Trejo convenció a los indios para que firmaran una serie de cartas dirigidas a las autoridades civiles y eclesiásticas pidiéndoles que no tuvieran en cuenta su reclamación anterior; en otras palabras, que dejaran de reclamar las tierras de Guamal21.

Por estos y otros documentos, sabemos del rol tendencioso que jugaron los abogados o empresarios territoriales en la apropiación ilegítima de tierras de resguardo. A los indígenas y a los negros les cobraban con tierras para formalizar sus derechos, o enfrentaban las partes a través de querellas. A pesar de que la historiografía latinoamericana reciente ha destacado el papel protagónico de las autoridades étnicas y los comuneros en la redefinición de los derechos sobre la propiedad de la tierra y los conflictos internos, la escasez de fuentes primarias para el periodo de estudio limita mi capacidad para reconstruir de detalladamente cómo los colectivos tanto negros como indígenas pudieron haberse posicionado frente a las imposiciones de dichos actores.

Los registros notariales evidencian que durante el siglo XIX y principios del siglo XX, los guamaleños lograron una administración efectiva de una porción de las tierras, heredadas como compensación por su labor de protectores del culto a santa Ana22. Además, fueron considerados vecinos, tal y como hemos visto en citaciones anteriores, por haberle servido y haber custodiado su culto. Ella peregrina hasta nuestros días por la vereda, que conserva su nombre, y que ahora hace parte del Resguardo de Cañamomo Lomaprieta. Aun cuando los derechos legales fueron durante mucho tiempo de la iglesia, el usufructo era derecho de los guamaleños y tenía como propósito principal cuidar y proteger la imagen de la santa al tiempo que se le hacían rigurosamente sus festividades todos los 26 de julio.

La casa de la familia Gañán Moreno se encuentra en un pequeño terreno, de unos 1000 m2, situado en una colina cerca de la carretera principal que une los municipios de Supía y Riosucio, en la vereda de Santa Ana (por donde Ella todavía sale en peregrinación). Soledad Agudelo fue la primera persona de la familia a la que las autoridades estatales reconocieron legalmente sus derechos sobre la tierra en la segunda mitad del siglo xx. Fue beneficiaria de la reforma agraria y recibió una parcela «incorada» a través de la política de Unidades Agrícolas Familiares (UAF) cuando se repartieron las tierras de Santa Ana de Guamal en 1974. Es así como hoy en día, en Santa Ana existen varios tipos de títulos de propiedad que legitiman la tenencia y el uso de las parcelas. Como se presenta a continuación, el caso de la familia Gañán Moreno condensa en un solo pleito varias facetas de legitimidad en el acceso a la propiedad: familiar, religiosa, estatal y étnica.


Tierras «incoradas» linderos y herencias truncadas


A principios del 2016, inicié una serie de entrevistas con guamaleños implicados en disputas o tensiones con la organización indígena de Cañamomo Lomaprieta. Estas tensiones estaban relacionadas con cuestiones de derechos de propiedad y usufructo sobre parcelas que a pesar de estar bajo la jurisdicción del resguardo podían acreditar legalmente un estatus de propiedad privada.

Supe entonces que, durante la reforma agraria de 1961, algunos de los habitantes de las localidades indígenas más pobladas, como Sipirra o La Iberia, apoyaron el proyecto de recuperación de tierras para «ampliar» el resguardo y acceder así a nuevas parcelas para el cultivo, la vida familiar y el trabajo comunal. Soledad fue una de las mujeres que, buscando nuevas oportunidades en el marco de las movilizaciones de la reforma agraria campesino-indígena, accedió a tierras del Fondo Nacional Agrario, administrado por el INCORA, que para ese momento era dueño legal y disponía de «las tierras de la santa»23.

Los hijos de Roberto Gañán, hijo mayor de Soledad Agudelo, me invitaron a conocer a su padre en marzo de 2016. Roberto quería compartir conmigo la historia de la parcela de la que decía ser el único propietario legal y legítimo. Era un hombre de unos 80 años para entonces, que conservaba toda su vitalidad y lucidez, tenía un conocimiento detallado de la situación territorial guamaleña, especialmente de la historia de las tierras de Santa Ana de Guamal.

La vereda de Santa Ana está rodeada de montañas robustas y rocosas que encañonan el río Supía, se elevan forradas a veces de monte espeso, otras veces de rugosos potreros tendidos, otras veces de pendientes con caña panelera. Algunas veces aparecen en las lomas el cafetal y el platanal, y en los filos se posan las casas paradas en sancos, otras en bareque, otras en material con lujos de ciudad y en ocasiones casas que parecerían edificios, que en la distancia se ven como cajitas de fósforos metidas en un pastal. Después de cinco minutos en mototaxi, saliendo del parque principal de Supía, ya se puede llegar a un lugar en donde huele a panela caliente y los turpiales se posan sobre palos cargados de limones.

Roberto vivía con su esposa María Moreno, una guamaleña de unos 70 años, y sus hijos Rodrigo y Jason, de unos 45 años. Para llegar a su casa era necesario recorrer un estrecho camino de tierra que llevaba, pasando las puertas de dos casas, a un jardín bien cuidado. El camino de piedra serpenteaba entre las plantas de sábila en flor. En el corredor amplio de mortero brillado me esperaba Roberto, bien plantado con su sombrero aguadeño y su bastón. Cuando me saludó y me invitó a entrar se percibía el agradable aroma de la panela deshaciéndose en agua hirviendo. Me dieron la bienvenida y enseguida entablamos una conversación que no se detendría en las tres horas siguientes durante las cuales hablamos de diversos temas de forma muy relajada y abierta, algo inusual para una primera reunión en la que suponíamos se tratarían asuntos delicados, relacionados con la tierra y sus dueños.

Roberto Gañán me contó que su familia había llegado a Santa Ana de Guamal en 1949 para trabajar la tierra arrendada bajo el sistema de administraciones (a través del cual los guamaleños sostenían el culto a santa Ana). Sus descripciones iban acompañadas de gestos que me indicaban los lugares precisos de las situaciones evocadas. Recordaba nombres de personas y lugares, así como viejas conversaciones que había mantenido con sus padres cuando llegaron a Guamal. Roberto dice nostálgico:

Mis papás nos trajeron aquí desde muy pequeños a Santa Ana. Los únicos indios éramos nosotros, había dos o tres familias por ahí, Pedro Reyes, Alfonso Rojas, mi papá y mi mamá. Nosotros fuimos los primeros en llegar porque todo estaba enmontado.

Esta versión coincide con los relatos de mi querido amigo, líder comunal y orgullosamente guamaleño, Evelio Moreno, quien sobre esta época afirmaba:

La gente que trabajaba las tierras de Santa Ana, antes de la invasión campesina y la división del INCORA, eran todos foráneos. [...] Luego, esos fueron los primeros en quedarse con las tierras en el momento en que el INCORA las repartió24.

En el relato de Evelio los denominados foráneos no eran guamaleños, venían de otras tierras y no eran negros. Justamente los campesinos, indígenas y demás gentes que aprovecharon la distribución del INCORA serían los que se quedarían con las tierras.

En las descripciones de su llegada a Guamal, Roberto se refiere a sí mismo y a su familia como indios. Habla de los negros que vivían en Guamal en aquella época y de cómo «esa gente» (refiriéndose a los guamaleños) saludaba a los indios con insultos: «Solían decirnos, en aquella época, ¡Ey, indios come tripa! Pero eso era porque aquí en la cabecera del pueblo no había sino negros»25.

En las historias de niñez de Nilvia Moreno, Rosa Gañán y Dorlina Moreno, mujeres mayores guamaleñas, el pueblo aparece como un caserío humilde con apenas algunos ranchos de esterilla y una ceiba majestuosa en frente de la iglesia. Los terrenos de los alrededores se encontraban enmontados, otros sembrados en caña para sacar panela, otros poquitos tenían pancoger. Para todas ellas la gente de Guamal trabajaba las tierras de Santa Ana, pero no se las podían apropiar: «Los negros les teníamos agüero a esas tierras» decía Evelio entre risas26. Las viviendas se agrupaban cerca de la iglesia y la ceiba, mientras las tierras aledañas se reservaban con recelo para el mantenimiento del culto; allí no habitaban los guamaleños cuando fueron «incoradas».

Roberto Gañán me contó que en 1991 había comprado el terreno a su madre, Soledad Agudelo, quien le transfirió legalmente la propiedad; trámite que fue autorizado por el INCORA27. No conozco cuál fue la postura de los hermanos de Roberto frente a este hecho. Tampoco puedo saber si aceptaron el trato, recibieron dinero o si fueron compensados. El hecho es que Roberto era el único propietario legal de todo el terreno al momento de fallecer su madre, y lo había sido durante varios años mientras ella seguía en vida. Él contaba con varios recibos de pago del predial correspondiente y conservaba el título notarial de su parcela conforme a la ley cuando yo lo conocí en 2016.

Desde el punto de vista jurídico, la parcela denominada El Guadual28 tiene un único título notarial, con un único propietario legal que es Roberto Gañán. Sin embargo, se trata de una zona residencial plurifamiliar con cuatro viviendas, sus respectivas vías de acceso y porciones de terreno utilizadas para el cultivo de caña panelera o de productos de pancoger. La primera casa que se construyó en El Guadual es en la que actualmente viven Roberto Gañán, su mujer y sus hijos, y que otrora pertenecería a su madre. Sin embargo, en 1991, cuando Roberto compró el terreno, ya existía una casita contigua a la casa principal. Se construyó para que Soledad pudiera vivir allí en paz con Carmenza (hermana de Roberto), quien la cuidó hasta su muerte y vive allí desde entonces. Carmenza dice que construyó la casa ella misma, con la ayuda de vecinos y otros miembros de la comunidad de Guamal. Roberto insiste en que él mismo promovió la construcción de la casa. Ella dijo a sus sobrinos que su mamá le había dejado la casa antes de morir. Roberto dice que su mamá sabía muy bien que ella no era dueña del predio así que no podía heredarlo29.


Figura 1. Distribución de las viviendas y la ocupación de esta parcela plurifamiliar El Guadual
Figura 1. Distribución de las viviendas y la ocupación de esta parcela plurifamiliar El Guadual

Fuente: Lara-Largo, «Imbrications identitaires. Les usages ethniques du territoire à Guamal, Caldas, Colombia», 325.

Con la muerte de Soledad Agudelo en 2009 nació el conflicto entre los miembros herederos de su familia. Si bien la propiedad legal del terreno estaba clara, la propiedad sobre cada una de las viviendas sería objeto de discordia en los meses por venir. Carmenza se quedó en la casa con su hijo, que se encontraba en situación de discapacidad. Sin embargo, las opiniones de Roberto y Carmenza sobre la propiedad de la casa en cuestión no coinciden. Para Carmenza, los quince años de ocupación pacífica la convertían en propietaria de la casa, teniendo en cuenta además la herencia que Soledad le había dejado verbalmente antes de morir. Para Roberto, la propiedad legal de la parcela era indiscutible, él la había comprado. Era él quien pagaba los impuestos, el único propietario legal a ojos de la justicia ordinaria. Además, su madre no tenía ningún derecho sobre la casa en el momento de su fallecimiento. Por lo tanto, legalmente, no podía dejársela a nadie. Roberto argumentaba que Carmenza tenía el derecho a ocupar la casa, como prueba de su generosidad y como gesto de agradecimiento por el tiempo que dedicó a cuidar de su madre, pero no podía reclamar la propiedad formal sobre nada30. El verdadero detonante de la polémica familiar llegó en 2014. Se trataba de un pleito por el uso de las zonas comunes. La carretera principal, que permitía comunicar las distintas casas, empezó a ser utilizada, más de lo habitual, por las motos que accedían a la casa de Roberto Gañán. Estos vehículos, que inevitablemente pasaban por delante de las puertas de las casas de Sandra y Carmenza, se convirtieron en una fuente de tensión diaria entre ellas, Roberto y sus hijos. Tras varios meses de enfrentamientos verbales, se creó un ambiente tenso en El Guadual.

Los problemas por el uso del camino iban acompañados de disputas diarias, desde insultos hasta amenazas, que empezaron a ser percibidas como situaciones insalvables por las partes implicadas. En junio de 2015, Roberto Gañán dirigió un oficio a la Policía declarándose único propietario legal de El Guadual y denunciando a sus familiares por el delito de perturbación de dominio31.

La policía del municipio de Supía intervino, y reconoció a Roberto Gañán como único propietario legal de la parcela. Carmenza percibió en la denuncia de su hermano y en la intervención policial una manifestación de su vulnerabilidad jurídica frente a su casa. Decidió así apelar a las autoridades indígenas, teniendo en cuenta que las tierras de Santa Ana estaban bajo la jurisdicción del resguardo de Cañamomo Lomaprieta. Ella presentó una petición a las autoridades del Cabildo, en la que explicaba que su hermano quería negarle la propiedad de la casa en la que había vivido durante varios años32.

Hasta el momento de la solicitud de Carmenza ante las autoridades del Cabildo, el conflicto no había cobrado ningún tinte étnico, tampoco se consideraba este factor entre las causas de la discordia, según los documentos y relatos que tuve a disposición en su momento. Hasta ese momento no habían intervenido las organizaciones étnicas locales. La jurisdicción del resguardo no fue mencionada por los actores ni por el informe policial, ni para aceptarla ni para contradecirla. Se trataba de un conflicto sobre los derechos de uso de las zonas comunes de una parcela plurifamiliar. Sin embargo, este enfrentamiento escaló rápidamente a otros espacios y adquirió nuevas características tras la intervención de las autoridades indígenas.


Autoridades etnoterritoriales y bifurcaciones identitarias


El Cabildo de Cañamomo Lomaprita, a través de sus autoridades, otorgó a Carmenza un título de adjudicación para su casa a través de una resolución firmada en abril de 2016. Otorgar títulos de adjudicación en terrenos de propiedad privada resulta ilegítimo frente al derecho ordinario. Sin embargo, el argumento de la organización indígena enfatiza en que la propiedad privada es ilegítima dentro de los territorios colectivos indígenas y que, aunque cuenten con títulos notariales, estos no tienen validez frente a la jurisdicción del resguardo33.

Un año antes, en agosto de 2015, las autoridades del Cabildo también habían emitido un certificado en el que ratificaban su competencia para intervenir en la situación, señalando que Carmenza era miembro de la comunidad Embera Chamí del resguardo Cañamomo Lomaprieta y, por lo tanto, tenía derechos como comunera34. El certificado concedido por el Cabildo rezaba así:

El suscrito gobernador del Cabildo del Resguardo Indígena de Cañamomo Lomaprieta […] Certifica: Que la indígena Carmenza Gañán Agudelo […] aparece inscrita en el libro de los censos que lleva el resguardo indígena Cañamomo Lomaprieta, perteneciente a la comunidad de Guamal jurisdicción del Municipio de Supía Caldas, Etnia Embera Chamí de Caldas35.

Esta certificación desencadenó una polémica a una nueva escala. Ya no se trataba solo de derechos de propiedad en El Guadual, sino de la identidad de los miembros de la familia que allí vivían frente a las organizaciones étnicas. Roberto Gañán afirmaba, acerca del certificado emitido por el Cabildo, en uno de nuestros encuentros en el 2016:

Lo que más me da rabia a mí es eso de que ellos dicen que ella es ¡embera chamí!36. Aquí ninguno habla37 siquiera eso, aunque dicen que son de la parcialidad, yo también tendría que hablar así, esos enredos no los habla cualquiera38.

En cuanto a Roberto Gañán, él asociaba el etnónimo embera chamí a una identidad étnica que no era la suya, aunque se autodenominaba frecuentemente indio. Para Roberto (y sus hijos), la etnia reivindicada por su hermana y que aparecía en el certificado enviado por el Cabildo, era juzgada como una identidad «falsa», guiada por intereses utilitaristas. Los cuestionamientos frente a la pertenencia a unos y otros grupos empezaron a hacerse más frecuentes y a afectar las relaciones entre familiares y amigos, y no solamente en El Guadual. Mis amigos, amigas e interlocutores de Guamal se quejaban de cómo estos problemas habían dividido al pueblo, y acusaban a algunos líderes porque venían a armar los alborotos y luego se iban a vivir a Supía, a Riosucio o incluso a Bogotá o a Medellín. Las conversaciones de esa época adquirían nuevos matices. Recuerdo diálogos cargados de cuestionamientos que involucraban siempre alguna categoría como: indígena, indio, india, negro, negra, afrodescendiente, guamaleño, guamaleña, «de Guamal», «de Supía», «de los afros», «de los indios», «de esa gente», «de esos otros».

En diversas conversaciones con Roberto Gañán y sus hijos durante 2016, 2017 y 2018, Roberto manifestó explícitamente su identidad como indio. Luego, en las conversaciones que se referían a situaciones posteriores de su vida o de su familia, su adscripción identitaria se volvía menos explícita. En 2016, Roberto me habló de su papel como «médico tradicional» o «médico espiritual» (utilizaba ambos términos como sinónimos). Los pacientes de Roberto asociaban su medicina con los conocimientos propios del mundo indígena, con saberes ancestrales entrelazados con la farmacopea y la fe en santos católicos a los que se atribuyen poderes sobrenaturales. Roberto afirmaba con orgullo que era médico tradicional desde hacía muchos años y que gozaba de reputación, tras haber aliviado a varias personas de enfermedades incurables39.

De manera no necesariamente contradictoria, en el complejo contexto de las identidades plurales que eventualmente pueden residir en un mismo individuo y tras el posicionamiento del Cabildo a favor de su hermana Carmenza, Roberto decidió renunciar abiertamente a su vinculación con el Cabildo de Cañamomo Lomaprieta en 2017. A través de un derecho de petición, del que me habló en una de nuestras conversaciones, exigía que se eliminara su nombre, junto con el de sus hijos, del censo de la comunidad indígena. Roberto me decía indignado:

Como ellos no pueden adjudicar nada, yo les dije que ellos no pueden porque esto tiene escritura pública y es una propiedad privada, pero ellos son duros de convencer. Cuando ellos me dijeron que les firmara asistencia y yo no les quise firmar, hubo un sobrino que se metió ahí y yo les dije, ellos no son embera chamí, yo compré esto. Y ellos insisten en que ellos son embera chamí y esto lo compre yo y tengo escritura y se ha pagado el impuesto40.

Pienso en el entrelazamiento de varias esferas y registros del mundo guamaleño que aparecen condensadas en este relato. Primero, sobre la formalización de la identidad a través del censo; segundo, sobre la pertenencia a la organización indígena de los miembros de esta familia, a través de la lista de asistencia a una reunión encabezada por las autoridades del Cabildo; tercero, sobre los derechos de propiedad, el título notarial y la adjudicación de la casa de Carmenza; y finalmente, sobre el poder y la legitimidad de la intervención de las autoridades indígenas.

Roberto y sus hijos adoptaron una postura radical negando formalmente su identidad indígena y por lo tanto cuestionando la propiedad y los derechos territoriales encabezados por el Cabildo de Cañamomo Lomaprieta. De hecho, la solicitud de Roberto Gañán para ser excluido del censo indígena se acompañó de siete solicitudes similares, en nombre de los miembros de su núcleo familiar, incluyendo a sus hijos, esposas respectivas y sus nietos41.

En febrero del 2017 llegó la respuesta emitida por el Cabildo, tras la solicitud de Roberto y su familia de ser eliminados de las listas del censo. El documento, que tuve la oportunidad de ver en casa de la familia Gañán, introduce la dimensión jurídica, y no meramente familiar u organizativa, de la pertenencia y los conflictos asociados a ella, tal y como se expresa en el siguiente fragmento:

Teniendo en cuenta que la Corte Constitucional en reiterada jurisprudencia ha establecido que la ‘identidad cultural es la conciencia que se tiene de compartir ciertas creaciones, instituciones y comportamientos colectivos de un determinado grupo humano al cual se pertenece y que tiene una cosmovisión distinta y específica’, por parte del Consejo de Gobierno del Resguardo Indígena Cañamomo Lomaprieta definió la viabilidad de acceder a su solicitud de desvinculación del listado censal, procedimiento que fue adelantado por el administrador de la base de datos. De otro lado le informo que dicho procedimiento será informado a las entidades que utilizan información contenida en la base de datos para los fines pertinentes42.

Tanto en el certificado de pertenencia a la comunidad, emitido por el Cabildo a favor de Carmenza, como en el documento de adjudicación de la parcela, en la solicitud de exclusión y en la respuesta del Cabildo se privilegia un lenguaje jurídico que menciona las autoridades o instituciones estatales. El derecho de petición, como instrumento constitucional, es la referencia utilizada por las distintas partes en disputa. Se evoca el rol de la Corte Constitucional y aunque el Cabildo Indígena insiste abiertamente en que su autoridad política y territorial es independiente de la del Estado, fomenta el uso de procedimientos legales altamente burocratizados. A pesar de su autonomía, las comunidades indígenas apelan al marco discursivo gubernamental y a sus procedimientos porque interactúan constantemente con sus funcionarios e instituciones y conocen y manejan dicho lenguaje para hacerse escuchar y legitimar sus demandas43.

Las autoridades indígenas retoman y se apropian de los términos utilizados por la Corte Constitucional, particularmente en su definición institucional de identidad cultural. Esto se ve a través de varias sentencias del Tribunal como una conciencia de pertenencia a un grupo diferenciado. Esta definición deja la puerta abierta al ejercicio de la autodeterminación personal y, en consecuencia, al derecho a actuar y decidir si se pertenece o no a una comunidad, a un colectivo. Sin embargo, en el caso específico de Roberto Gañán, su solicitud de ser excluido del censo indígena no significa que deje de considerarse indio. De hecho, conserva su papel de médico tradicional y sus pacientes también lo consideran indio, curandero o sabedor. Recordemos que él mismo afirmaba abiertamente que era indio cuando hablaba de la historia de su llegada a Guamal.

Para Roberto Gañán, como para todos los seres humanos, es muy posible una disociación entre varios tipos de pertenencia. La exigencia de exclusión del censo marca el rechazo de una determinada forma de adscripción, en este caso política y territorial. En el contexto regional y local, es un desafío a la autoridad del Cabildo Indígena que era hegemónico. En este caso, las categorías identitarias: indio, miembro de la comunidad indígena o comunero son situacionales y surgen en el contexto de acuerdos, desacuerdos o disputas políticas expresadas en términos étnicos. Estas últimas se refieren con frecuencia a decisiones de las autoridades que se perciben como arbitrarias.

Lo que Elisabeth Cunin expone para el caso de la gente negra del Atlántico, esa proliferación de categorías para designar aspectos raciales y racializados44, aparecía en Guamal todo el tiempo, pero el contenido racial de estas categorías no era lo que más atraía mi atención. Era mucho más la impresión de estar frente a tensiones y acuerdos soterrados y siempre en transformación. Las categorías que se habían diseñado para fijar el mundo del multiculturalismo servían para construir versiones de sí mismos y de los otros, a veces borrosas o desdibujadas, o recortadas, o transfiguradas. Eso sí, la creatividad era infinita; mientras más pasaba tiempo en Guamal, más tenía la ocasión de asistir a esa manera tan sutil y al mismo tiempo terca de los guamaleños de anteponer su visión del mundo a los conceptos impuestos por el Estado y las instituciones; utilizándolos para después deformarlos a su antojo.


Cierres y aperturas


Durante los dos últimos siglos se han podido rastrear sucesivos periodos de conflicto y acuerdo entre individuos y colectivos en Guamal. Estos últimos no son necesariamente colectivos con identidades étnicas diferenciadas. Los periodos estuvieron marcados por la influencia de actores que desempeñaron un papel determinante en la configuración de las relaciones intra e intercomunitarias.

Desde finales del siglo xix, podemos señalar el papel fundamental de la iglesia, las autoridades del Estado, como el INCORA, y las organizaciones étnicas contemporáneas, como el Cabildo o el Consejo Comunitario. Las fronteras identitarias que se han ido configurando a lo largo de la historia de Guamal son el resultado de complejas dinámicas que sería engañoso describir exclusivamente en términos étnicos.

El vasto y complejo escenario de intervenciones etnoterritoriales, imaginadas y establecidas por el multiculturalismo, puede ser incompatible con las realidades locales, mucho más ricas. Las gentes reivindican la relación con su pasado en función de sus necesidades actuales. También reclaman los lugares habitados a través de identidades marcadas por conceptos viejos que se vuelven nuevos, y por conceptos que, a veces impuestos, se apropian originalmente trastocando su sentido.

La contradicción surge desde el punto de vista de las instituciones del Estado cuando las formas de identidad que intenta imponer no coinciden con las que encuentran en los lugares y que usa la gente para definirse. La intervención de dichas instituciones genera problemas y expectativas, tanto para las poblaciones que se apropian o impugnan los nuevos modelos como para las autoridades encargadas de formalizar la identidad, ya sea étnica o territorial.

Por un lado, la pertenencia al territorio del resguardo de Cañamomo Lomaprieta se expresa a través de la categoría de comunero, que puede utilizarse para designar a un miembro de la comunidad indígena, pero que se utiliza principalmente para describir a los habitantes del resguardo, sin que esto conlleve a la identidad indígena.

Los guamaleños son comuneros, mientras hagan parte del censo del Cabildo, sin que esto los obligue a afirmar una identidad indígena en el plano privado, familiar y comunal. Reconocen el territorio en el que viven como indígena, al hablar de resguardo, pero también como negro, porque las tierras de Santa Ana nunca han dejado de ser de ella, santa patrona de los negros.

Los guamaleños pueden convertirse en sujetos de derechos territoriales dentro del resguardo, mediante la posesión de títulos de adjudicación, en las mismas condiciones que los comuneros indígenas. En este sentido, perciben sus derechos sobre el territorio que habitan desde hace varias generaciones, como iguales a los de los indígenas. A diferencia de la identidad etnopolítica sustentada por el Consejo Comunitario Afrodescendiente, la del Cabildo Indígena está fuertemente ligada a la identidad territorial del resguardo de Cañamomo Lomaprieta.

Las tierras de Santa Ana fueron propiedad de los negros descendientes de esclavizados y fueron también las tierras «incoradas» en la esperanza renovada por la recuperación para los campesinos e indígenas desposeídos de los antiguos resguardos coloniales, durante los tiempos de la reforma agraria.

Las tierras de Guamal siguen siendo propiedad de Santa Ana, quien peregrina todos los julios por las veredas y los caminos que han sido objeto de tantos pleitos y combates. En la fiesta en julio peregrinan tanto negros como indígenas que le deben favores y devoción, también peregrina la gente de Riosucio y de Supía que le deben porque les consiguió casita o les cumplió algún deseo imposible.

En este relato aparecieron individuos y organizaciones étnicas contendientes, cuyas identidades sustentan derechos por la tierra, ubicándolos en el corazón de las tensiones. Se trata, en ocasiones, de derechos de propiedad fundados en la juridicidad, en la historicidad, mas también aluden al usufructo consuetudinario, así como a la visibilidad política y comunal de las gentes involucradas en los pleitos.

Los predios en disputa se encuentran en tierras de resguardo, pero también en tierras de Santa Ana. Los miembros de la familia son Gañán porque migraron para «recuperar» las tierras del antiguo resguardo colonial en nombre de los campesinos e indígenas. Pero también son Moreno porque nacieron y crecieron en las tierras que los negros custodiaron desde siempre para el culto de santa Ana. Es así como algunos habitantes de Guamal pueden poner en juego un amplio espectro de adscripciones identitarias, al tiempo que a través de ellas sustentan su habitar cotidiano de los lugares considerados como propios.



* Doctora en Antropología y Sociología (Université Paris Diderot). Profesora del Departamento de antropología y sociología de la Universidad de Caldas.


1 Sofía Lara-Largo, «Estrategias de apropiación territorial en un contexto de relación interétnica en Guamal, Caldas», Revista Colombiana de Antropología 52, n.o 1 (2016):117-138.

2 Estas reflexiones están en el centro de varios capítulos de mi tesis doctoral en Antropología y Sociología titulada: «Imbrications identitaires. Les usages ethniques du territoire à Guamal, Caldas, Colombia», sustentada en el año 2019 bajo la dirección de Odile Hoffmann en la Universidad de París. Asimismo, una versión en francés inspirada en el capítulo de la tesis que se ocupó de los asuntos que se presentan en este artículo se publicó en 2023 bajo el título: «Convergences et bifurcations identitaires au prisme des conflits. Le cas de “El Guadual” à Santa Ana, Guamal», Revista de Antropología y Sociología: Virajes 25, n.o 2: 76-102.

3 Archivo del Circuito Civil de Riosucio, 3 de julio de 1878, Folios 14-17. Sabemos por esta fuente que Josefa Moreno de la Cruz habría firmado su testamento antes de morir el 29 de enero de 1827.

4 Se utiliza este concepto tal y como figura en las fuentes de archivo consultadas, así como en los relatos de los guamaleños y guamaleñas que hablan de que sus ancestros vinieron en situación de esclavitud a tierras americanas en el pasado colonial. Reconozco que la utilización políticamente correcta de conceptos, tales como «esclavizado» o «persona en situación de esclavitud» serían más adecuadas. No obstante, he decidido respetar el concepto tal y como apareció en el trabajo de campo y en las revisiones de archivo.

5 El trabajo realizado por Danièle Dehouve en el Estado de Guerrero, México, titulado: «Santos viajeros e identidad colonial en el Estado de Guerrero». En Politics, identity and mobility in Mexican Society, ed. Por Valentina Napolitano y Xochitl Solano (Londres: Institute of Latin American Studies, 1998), 182-92, pone en evidencia otros casos en donde santos que se hacen pesados son los protagonistas de las fundaciones de poblados y comunidades. La autora sostiene que los mitos sobre los santos que tienen el poder de viajar y hacerse pesados en un momento dado son mucho más comunes de lo que pensamos. Según esta autora, la recurrente historia sobre santos que se vuelven pesados y se niegan a moverse permite a los grupos, entre otras cosas, potenciar la dimensión mítica de la fundación de poblados y de las rutas de las peregrinaciones.

6 En el «Acta de manumisión de esclavos» expedido por la Junta de Manumisión del Cantón de Supía en 1852, que reposa en el Archivo General de la Nación (AGN), Sección: República, Fondo: Manumisiones. SR.57,3, D.15, se afirma que los guamaleños siguieron siendo esclavos tras la muerte de Josefa Moreno de la Cruz, bajo la administración de Francisco Gervasio de Lemus y posteriormente bajo el control de su esposa Petrona Ortiz y sus hijos. Por su parte, los relatos fundacionales del pueblo, que evocan la liberación de los esclavos, hacen de Josefa Moreno de la Cruz la protagonista.

7 Lara-Largo, «Estrategias de apropiación territorial en un contexto de relación interétnica en Guamal, Caldas».

8 Existe también un litigio con el pueblo kumba de La Iberia, quien reclama un territorio propio dentro de los confines del resguardo. Erige sus derechos identitarios alrededor del etnónimo kumba o cumba, que figura recurrentemente en archivos del periodo colonial y que evoca al oidor Lesmes de Espinosa y Saravia en su informe de 1627. Lesmes de Espinosa y Saravia, «Informe de la visita del oidor Lesmes de Espinosa y Saravia», 1627, AGN, Sección: Colonia, Fondo: Visitas SC. 62, Firma y título: Andica y Cumba: diligencias de visita–VISITAS-CAU: SC.62,2, D.1. Tanto la legitimidad del etnónimo como los derechos territoriales asociados son cuestionados por el Cabildo de Cañamomo Lomaprieta y por otros colectivos en Riosucio y Supía.

9 Para desarrollar este punto es necesario adentrarse en los recovecos de la Sentencia T-530 de 2016 de la Corte Constitucional de Colombia.

10 En julio del 2013, la Alcaldía de Supía y el Ministerio del Interior inscribieron formalmente al Consejo Comunitario Afrodescendiente de Guamal dentro de sus registros únicos de organizaciones, a través de un acto jurídico emitido por ésta última entidad. Ministerio del Interior, Resolución 083 MIN 001 del 10 de julio de 2013, Por la cual se inscribe un Consejo Comunitario en el Registro Nacional Único de Consejos Comunitarios y Organizaciones de Base de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior.

11 Ver el trabajo de Luis Fernando González, «Ocupación, poblamiento y territorialidades en la Vega de Supía 1810-1950» (tesis de Maestría en Estudios Urbano Regionales, Universidad Nacional de Colombia, Medellín, 1998).

12 Como se advierte en Nancy Appelbaum, Dos plazas una nación: raza y colonización en Riosucio, Caldas, 1846-1948 (Bogotá: Universidad de los Andes, 2007).

13 Para un estudio detallado y ampliamente documentado del proceso de privatización de las tierras indígenas en la región del noroccidente caldense es necesario ver el trabajo de Gloria Lopera-Mesa, «“We have the land titles.” Indigenous litigants and privatization of resguardos in Colombia, 1870s-1940s» (tesis doctoral en Historia, Miami, Frorida International University, 2021).

14 Los documentos que componen este archivo fueron custodiados durante varias décadas por Aristóbulo Moreno, líder comunitario. Él fungió como líder hasta el 2007, año de su fallecimiento. Fue muy reconocido por toda la comunidad y creo que junto con Eriberto Moreno fueron los últimos de los antiguos liderazgos que pervivieron tras la división de las tierras de Santa Ana. La organización política asociada a la gestión de las tierras de Santa Ana, denominada «administraciones», que describo en mi tesis doctoral, identificaba claramente un liderazgo siempre masculino (según las fuentes consultadas) que hacía las veces de mediador en conflictos y custodio de elementos valiosos, bien fuera de la iglesia o documentos como es el caso de aquellos que llegaron a manos de la historiadora Nancy Appelbaum y a mí, en diferentes momentos a lo largo de los últimos años.

15 Archivo Comunitario de Guamal, Documento nº 285 del 4 de octubre de 1889.

16 Archivo Comunitario de Guamal, Documento nº 285 del 4 de octubre de 1889.

17 Archivo Comunitario de Guamal, Documento Nº 69 del 12 de abril de 1888.

18 Nancy Appelbaum, «Guamal: Historia, identidad y comunidad», Supía histórico. Centro de Estudios Sociales Simeón Santacoloma 21, n.o 3 (1994): 11-26.

19 Archivo Parroquial de San Lorenzo de Supía, Página nº 50. Documento del 3 julio de 1848.

20 Archivo de la Arquidiócesis de Popayán, Leg 5805 del 12 de noviembre de 1889.

21 Nancy Appelbaum, «Guamal: Historia, identidad y comunidad», Supía histórico. Centro de Estudios Sociales Simeón Santacoloma 21, n.o 3 (1994): 11-26.

22 El Notario del Distrito de Supía, afirmaba tal como se evidencia en el siguiente fragmento: «que como a virtud de los arreglos escriturarios otorgados ante esta misma Notaría, por la Comunidad indígena supradicha y los procuradores distritales de Supía y San Juan de Marmato, el ocho de octubre de mil ochocientos setenta y cuatro [1874] se estipuló el reconocer como de propiedad particular el mencionado globo de tierra (Guamal) […] se les confiere por suscrito administrador y en nombre de la comunidad que representa y por esta escritura, el formal y expreso reconocimiento de tales dueños del mencionado lote de terreno para que mediante él la posean, bien de mancomún o distribuyendoselos entre los otorgantes o los que los representen, observando para ello las reglas del derecho común, ciendo gravamen que obliga personalmente a los favorecidos en el presente convenio y a sus sucesores, el que sostengan el culto (católico)[palabra tachada] acostumbrado hasta ahora en la iglesia de la mentada fracción de («Guamal») y a hacer las separaciones y mejoras que ella demande esto entre los partícipes, aproporción de sus cuentas y beneficios». Archivo Notarial de Supía, Documento nº 88 del 26 de mayo de 1879.

23 La manera en que las tierras de Santa Ana, que pertenecían a la iglesia para principios del siglo XX, llegaron a manos del Fondo Nacional Agrario es objeto de un apartado de mi tesis doctoral y de seguro será el corazón de escritos futuros (ver capítulo 3: «Santa Ana. Tierras, imagen ritual y transformaciones institucionales a finales del siglo XIX y durante el siglo XX»). Lo que aquí nos interesa es que estas tierras serían luego repartidas entre campesinos, algunos indígenas y otros negros, que habían luchado por la puesta en marcha de la reforma agraria de 1961, muchos de ellos de la mano de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC). Lara-Largo, «Imbrications identitaires. Les usages ethniques du territoire à Guamal, Caldas, Colombia».

24 Diálogos con Evelio Moreno, Guamal, Supía, 20 de julio de 2016.

25 Diálogos con Roberto Gañán, Santa Ana, Supía, 3 de marzo de 2016.

26 Diálogos con Evelio Moreno, Guamal, Supía, 20 de julio de 2016.

27 Oficina de Registro e instrumentos públicos. Archivo personal de Roberto Gañán, Certificado de tradición y matrícula inmobiliaria, expedido el 28 de octubre de 2014 (no se especifica el número de matrícula para respetar el anonimato).

28 Algunos nombres de lugares y personas se han modificado para salvaguardar la identidad de aquellos que me lo solicitaron en mi trabajo de campo.

29 Diálogos con Roberto Gañán, Santa Ana, Supía, 3 de marzo de 2016.

30 Diálogos con Roberto Gañán, Santa Ana, Supía, 3 de marzo de 2016.

31 Estación de Policía de Supía, Archivo personal de Roberto Gañán, Certificado de la diligencia de conminación, fechado el 30 de junio del 2015 (se omite el número de radicado para preservar el anonimato).

32 Estación de Policía de Supía, Archivo personal de Roberto Gañán, Certificado de la diligencia de conminación, fechado el 30 de junio del 2015 (se omite el número de radicado para preservar el anonimato).

33 Resguardo indígena Cañamomo Lomaprieta, Archivo personal de Roberto Gañán, Resolución del 19 de abril de 2016 (se omite el número de la resolución para preservar el anonimato).

34 Concepto utilizado para designar a los miembros de la comunidad indígena y también para hablar de los habitantes del resguardo reconocidos por el cabildo.

35 Gobernador del resguardo de Cañamomo Lomaprieta, 2015. Certificación de pertenencia al resguardo de Cañamomo Lomaprieta, Riosucio, 8 de agosto de 2015, Archivo personal de Roberto Gañán.

36 La utilización de los conceptos de embera o embera chami, en el noroccidente caldense, bien sea asociados a la lengua, al lugar o a la pertenencia a un colectivo, tendrá que ser objeto de nuevos escritos e investigaciones que surjan de esfuerzos conjuntos entre las comunidades de la región, la academia y eventualmente otros actores. Este tema alude a un debate sensible, abierto y antiguo con respecto a la etnogénesis regional, que requiere tacto en su tratamiento, y estudios que aporten a una mayor comprensión en miras a la convivencia a escala regional. Para efectos de la presente narración, solamente podemos decir que el etnónimo embera chamí fue apropiado por la organización indígena de Cañamomo Lomaprieta recientemente, en la década de 1990. Empezó a tener sentido en el contexto de las movilizaciones etnopolíticas que pretendían aunar los intereses de las comunidades indígenas en un contexto regional. Sin embargo, era poco habitual encontrar entre mis interlocutores en Cañamomo Lomaprieta la utilización del etnónimo embera chamí para autoreconocerse. Podían utilizar una amplia gama de expresiones y categorías (como indio, indígena, miembro de la comunidad indígena, comunero, miembro de la parcialidad o del resguardo), pero nunca mencionaban el etnónimo, salvo en situaciones que involucraran al Cabildo o gestiones formales ante esta autoridad. En cambio, los habitantes embera chamí de la vecina región de Risaralda (en lugares como Mistrató o Pueblo Rico) o los migrantes de estas regiones que actualmente viven en el resguardo de Cañamomo Lomaprieta, utilizan el etnónimo más comúnmente. Muchos de ellos han conservado la práctica de la lengua embera y el jaibanismo.

37 Es importante señalar que existen fuertes tensiones entre hablantes y no hablantes del embera en esta región, tanto en el plano político como en el plano espiritual. Si bien todos ellos se reconocen como indígenas, el hecho de que hablen o no la lengua embera determina lógicas de pertenencia identitaria y debería ser objeto de investigaciones futuras.

38 Diálogo con Roberto Gañán, Santa Ana, Supía, 3 de marzo de 2016.

39 Diálogo con Roberto Gañán, Santa Ana, Supía, 10 de octubre de 2016.

40 Diálogo con Roberto Gañán, Santa Ana, Supía, 17 de julio de 2017.

41 Conjunto de solicitudes de exclusión del censo de la comunidad indígena de Cañamomo Lomaprieta, Archivo personal de Roberto Gañán, enero de 2017 (se omiten los números de radicado para preservar el anonimato).

42 Resguardo indígena Cañamomo Lomaprieta, Archivo personal de Roberto Gañán, Respuesta del gobernador indígena, 20 de febrero de 2017.

43 William Roseberry, Hegemonía y el lenguaje de la contienda. Taller interactivo: prácticas representaciones de la Nación (Perú: Instituto de Estudios Peruanos, 2002).

44 Elisabeth Cunin, Métissage et multiculturalisme en Colombie (Carthagène) Le «noir» entre apparences et appartenances (Paris: L’Harmattan, 2004).



Referencias



Fuentes primarias


Archivo del Circuito Civil de Riosucio, Folios 14-17.


Archivo de la Arquidiócesis de Popayán, Supía, Colombia. Leg 5805 del 12 de noviembre de 1889.


Archivo de la familia Gañán Moreno, Supía, Colombia. «Certificación de pertenencia al resguardo de Cañamomo Lomaprieta».


_____. «Respuesta del gobernador indígena».


Archivo de la Comunidad de Guamal (ACG), Supía, Colombia. «Juan Gregorio Trejo». Documento n.o 70 de 1888.


_____. «Juan Gregorio Trejo», Documento n.º 285 de 1889, Folio único.


Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá, Colombia. «Acta de manumisión de esclavos». Sección: República, Fondo: Manumisión: SR.57,3, D.15.


_____. «Informe de la visita del oidor Lesmes de Espinosa y Saravia». Sección: Colonia, Fondo: Visitas SC. 62, Firma y título: Andica y Cumba: diligencias de visita–VISITAS-CAU: SC.62, 2, D.1.


Archivo Notarial de Supía (ANS), Supía, Colombia. Documento n.o 88 del 26 de mayo de 1879.


Archivo Parroquial de San Lorenzo, Supía, Colombia. Documento n.º 50, 3 de julio de 1848.


Fuentes secundarias



Appelbaum, Nancy. «Guamal: Historia, identidad y comunidad». Supía histórico. Centro de Estudios Sociales Simeón Santacoloma 21, n.o 3 (1994): 11-26.


_____. Dos plazas una nación: raza y colonización en Riosucio, Caldas, 1846-1948. Bogotá: Universidad de los Andes, 2007.


Corte Constitucional de Colombia. Sentencia T-530 del 2016, 27 de septiembre.


Cunin, Elisabeth. Métissage et multiculturalisme en Colombie (Carthagène) Le «noir» entre apparences et appartenances. Paris: L’Harmattan, 2004.


Dehouve, Danièle. «Santos viajeros e identidad colonial en el Estado de Guerrero». En Politics, identity and mobility in Mexican Society. Valentina Napolitano y Xochitl Solano, 182-92. Londres: Institute of Latin American Studies, 1998.


González, Luis Fernando. «Ocupación, poblamiento y territorialidades en la Vega de Supía 1810-1950». Tesis de Maestría en Estudios Urbano Regionales, Universidad Nacional de Colombia, Medellín, 1998.


Largo-Lara, Sofía. «Estrategias de apropiación territorial en un contexto de relación interétnica en Guamal, Caldas». Revista Colombiana de Antropología 52, n.o 1 (2016):117-138.


_____. «Imbrications identitaires. Les usages ethniques du territoire à Guamal, Caldas, Colombia ». Tesis doctoral en Antropología y Sociología. Université Sorbonne Paris Cité, 2019.


_____. «Convergences et bifurcations identitaires au prisme des conflits. Le cas de “El Guadual” à Santa Ana, Guamal». Revista de Antropología y Sociología: Virajes 25, n.o2 (2023): 76-102.


Lopera-Mesa, Gloria. «“We have the land titles.” Indigenous litigants and privatization of resguardos in Colombia, 1870s-1940s». Tesis doctoral en Historia, International University, Florida, 2021.


Ministerio del Interior. Resolución 083 MIN 001, 10 de julio de 2013. Por la cual se inscribe un Consejo Comunitario en el Registro Nacional Único de Consejos Comunitarios y Organizaciones de Base de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior.


Roseberry, William. Hegemonía y el lenguaje de la contienda. Taller interactivo: prácticas representaciones de la Nación. Perú: Instituto de Estudios Peruanos, 2002.